Resolución 24

Tipo de norma
Número
24
Fecha
Diario oficial
50577
Fecha del diario oficial
Título

Adiciona parágrafo a artículo 1 de la Resolución DIAN 0105 de 2014 en el sentido de habilitar el cruce de frontera, en jurisdicción de (Ipiales Nariño) para el ingreso de maquinaria destinada exclusivamente a proyectos de infraestructura vial.

 

RESOLUCIÓN Nº 000024

26-04-2018

DIAN

 

 

por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 1º de la Resolución 105 del 14 de mayo de 2014.

 

El Director General de La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el artículo 2 de la Ley 1609 de 2013, y numeral 12 del artículo 6° del Decreto 4048 de 2008, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto 723 del 10 abril de 2014, el Gobierno Nacional estableció medidas para regular, registrar y controlar la importación y movilización de la maquinaria clasificable en las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00, 8431.41.00.00, 8431.42.00.00 y 8905.10.00.00 del Arancel de Aduanas, con el fin de prevenir la minería ilegal y apoyar la política andina en esta materia.

 

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió la Resolución número 105 del 14 de mayo de 2014, mediante la cual reglamenta algunas disposiciones del Decreto número 723 de 2014.

 

Que no obstante lo anterior, dicha maquinaria puede ser utilizada en actividades de infraestructura vial de interés nacional, que contribuyen al desarrollo del país y requieren ser autorizadas para su importación.

 

Que es propósito del Gobierno Nacional, propender por la modernización de las regiones y el desarrollo de la conectividad terrestre a través de la mejora de la infraestructura vial que requieren de la importación y utilización de maquinaria destinada a esos fines.

 

Que es una prioridad nacional el desarrollo de proyectos de infraestructura en el país que entre otras ventajas permitirá la profundización del comercio exterior y la generación de nuevas oportunidades comerciales de Colombia.

 

Que el artículo 1º de la Resolución 105 del 14 de mayo de 2014, establece los lugares habilitados para el ingreso de maquinaria, clasificable por las subpartidas arancelarias a que se refiere el Decreto 723 de 2014 y se requiere permitir la importación por la jurisdicción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, solamente con el fin de desarrollar infraestructura.

 

Que conforme lo previsto en el inciso tercero del numeral 2 del artículo 32 de la Resolución 204 de 2014, modificado por el artículo 1º de la Resolución 7694 de 2017, la publicación de este proyecto de resolución se hará por un plazo inferior a los quince (15) días calendario, en razón a la importancia estratégica que el mismo tiene para el desarrollo de la infraestructura vial del país y la urgente necesidad de la importación de equipos y partes indispensables para la actividad.

 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, el proyecto fue publicado en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales durante los días 17 al 21 de abril de 2018, con el objeto de recibir, opiniones, sugerencias, comentarios o propuestas alternativas.

 

Que las especiales condiciones antes citadas requieren de la adopción de medidas urgentes, por lo que resulta necesario dar aplicación a la excepción contenida en el parágrafo 2° del artículo 2° de la Ley 1609 de 2013.

 

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º. Adiciónese un parágrafo al artículo 1° de la Resolución 105 del 14 de mayo de 2014, el cual quedará así:

 

Parágrafo. Habilitar el cruce de frontera ubicado en la jurisdicción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, para el ingreso de la maquinaria y sus partes de que tratan los artículos 1º y 4º del Decreto 723 de 2014, destinadas única y exclusivamente al desarrollo de proyectos de infraestructura vial.

 

La Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, en el marco de sus competencias ejercerá los controles a la importación necesarios a fin de garantizar que las mercancías a las que se refiere el Decreto 723 de 2014, se destinen para el propósito exclusivo que requieran estas obras de infraestructura vial, para lo cual verificará la existencia del respectivo contrato de obra pública o concesión y hará especial revisión de la descripción de la mercancía de tal manera que se garantice su identificación e individualización plena”.

 

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución empezará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial.

 

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2018.

 

 

El Director General,

 

Santiago Rojas Arroyo.

 

 

Publicada en D.O. 50.577 del 27 de abril de 2018.