Resolución 000019

Tipo de norma
Número
000019
Fecha
Diario oficial
51254
Fecha del diario oficial
Título

Prescriben para el cumplimiento de obligaciones tributarias, el formulario 220 para el año gravable 2019, el formulario 120 para el año gravable 2019 y siguientes y el formulario 300 para el año gravable 2020 y siguientes.

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RESOLUCIÓN Nº 000019

10-03-2020

DIAN

 

 

por la cual se prescriben para el cumplimiento de obligaciones tributarias, el formulario 220 para el año gravable 2019, el formulario 120 para el año gravable 2019 y siguientes y el formulario 300 para el año gravable 2020 y siguientes.

 

El Director General de la Unidad de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artículo 6° del Decreto 4048 de 2008, los artículos 379, 574, 578, 579-2 y 602 del Estatuto Tributario y los artículos 1.2.2.2.2.1., 1.2.2.3.1., 1.6.1.12.2., 1.6.1.13.2.5. del Decreto 1625; de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se requiere prescribir el formulario número 120 Declaración Informativa de Precios de Transferencia en atención a que se hace necesario incluir unas nuevas casillas que permitan identificar la dirección seccional de impuestos y aduanas nacionales a la que pertenecen los contribuyentes, y lo relacionado con la obligación de la presentación del informe maestro de que trata el artículo 1.2.2.2.2.1. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.

 

Que se requiere prescribir para el año gravable 2019 el Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones - Año Gravable 2019, en razón a la modificación de la parte informativa referente a los no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, en virtud de la modificación del valor de la UVT para dicho año gravable, según Resolución 000056 del 22 de noviembre de 2018.

 

Que se requiere prescribir para el año gravable 2020 y siguientes el formulario número 300 “Declaración del Impuesto sobre las Ventas (IVA), teniendo en cuenta las disposiciones consagradas en el Capítulo II de la Ley 2010 de 27 de diciembre de 2019.

 

Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8° del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo el proyecto de resolución, fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Declaración Informativa de Precios de Transferencia - Formulario número 120. Prescribir para la presentación de la “Declaración Informativa de Precios de Transferencia” correspondiente al año gravable 2019 y siguientes, el Formulario número 120, diseño anexo a la presente y que forma parte integral de la presente resolución.

 

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, deberán hacerlo a través de los servicios informáticos, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

Parágrafo. Para la presentación de las declaraciones de corrección se deberán utilizar los formularios vigentes para la presentación de la declaración inicial a corregir.

 

Artículo 2°. Certificado de Ingresos y Retenciones - Año Gravable 2019 - Formulario número 220. Prescribir para el año gravable 2019, como “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones -Año Gravable 2019”, el Formulario número 220, diseño anexo a la presente y que forma parte integral de la presente resolución.

 

El Certificado de Ingresos y Retenciones a que se refiere este artículo podrá ser producido por las diferentes casas impresoras o diseñado por los agentes retenedores para ser expedido por computador, siempre y cuando se conserve la distribución y el contenido de la información exigida.

 

Artículo 3°. Declaración del Impuesto sobre las Ventas - Formulario número 300. Prescribir para la presentación de la “Declaración del Impuesto sobre las Ventas (IVA)” correspondiente al año gravable 2020 y siguientes, el Formulario número 300, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución.

 

Los contribuyentes obligados a presentar la “Declaración del Impuesto sobre las Ventas (IVA)” deberán hacerlo a través de los servicios informáticos, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). pondrá a disposición el Formulario número 300 en forma virtual en la página web, www.dian.gov.co, para su diligenciamiento, presentación y pago.

 

El anterior formulario será de uso obligatorio para los responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA).

 

Parágrafo 1°. Para la presentación de las declaraciones de corrección se deberán utilizar los formularios vigentes para la presentación de la declaración inicial a corregir.

 

Parágrafo 2°. Cuando el responsable por expresa disposición legal haya sido definido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) entre los obligados a cumplir con el deber de declarar a través de los servicios informáticos, deberá presentar la respectiva declaración utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Las declaraciones presentadas por un medio diferente se tendrán como no presentadas.

 

Artículo 4°. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 5°. Vigencias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de marzo de 2020.

 

El Director General,

 

José Andrés Romero Tarazona.

 

Publicada en D.O. 51.254 del 12 de Marzo de 2020.