Oficio 561

Tipo de norma
Número
561
Fecha
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Descuentos tributarios

OFICIO Nº 561

13-05-2020

DIAN

 

 

100208221 - 561

Bogotá, D.C.

 

Tema Impuesto sobre la renta

Descriptores Descuentos tributarios

Fuentes formales Artículo 259-2 del Estatuto Tributario

 

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

 

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria solicita se resuelva acerca de la vigencia del artículo 31 de la Ley 361 de 1997, los artículos 9 a 11 de la ley 1429 de 2010 y el Decreto 392 de 2018, en el marco de lo dispuesto por el artículo 259-2 del Estatuto Tributario y lo señalado en el Oficio 008758 del 11 de abril de 2019.

 

Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:

 

1. El artículo 31 de la Ley 361 de 1997 se encuentra vigente, teniendo en cuenta que este consagra una deducción y el artículo 259-2 hace referencia a los descuentos en el impuesto sobre la renta.

 

2. Los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 1429 de 2020 no se encuentran vigentes toda vez que no forman parte de las expeciones (sic) de que trata el artículo 259-2 del Estatuto Tributario. Sobre este tema, este Despacho se pronunció recientemente mediante Concepto 100208221 – 517 de 2020.

 

3. El Decreto 392 de 2018 se encuentra vigente, en tanto, fue expedido para reglamentar el artículo 13 de la Ley 1618 de 2013, disposición que no ha sufrido ninguna modificación o derogatoria.

 

4. Lo anterior sin perjuicio de otros descuentos que no se encuentran vigentes, en virtud de la incorporación del artículo 259-2 al Estatuto Tributario.

 

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el ícono de “Normatividad” –“técnica”–, dando click en el link“Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

 

Atentamente,

 

 

PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina

Dirección de Gestión Jurídica

UAE-DIAN