Resolución 000083

Tipo de norma
Número
000083
Fecha
Título

Se adopta un nuevo logotipo y el Manual Corporativo de Marca de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

RESOLUCIÓN Nº 000083

04-08-2020

DIAN

 

 

por la cual se adopta un nuevo logotipo y el Manual Corporativo de Marca de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en los numerales 22 y 25 del artículo 6° del Decreto 4048.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dentro de su proceso de transformación institucional, busca posicionarse como una entidad más cercana, ágil y eficiente, para construir una Colombia más honesta.

 

Que la entidad busca ser reconocida como una organización innovadora y referente del Estado y de otras administraciones tributarias del mundo, generando confianza y orgullo en los grupos de interés.

 

Que la Identidad visual institucional es un elemento fundamental de comunicación empresarial que define la forma como una entidad debe proyectarse para que sus clientes identifiquen los servicios que presta.

 

Que la marca es una categoría de signo distintivo que identifica los productos o servicios de una empresa.

 

Que mediante Resolución número 12784 del 2 de abril de 2020 se obtuvo el registro de la nueva marca DIAN, por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

Que para generar un cambio en la percepción que implica una evolución en la identidad gráfica, se hace necesario adoptar un nuevo logotipo.

 

Que se hace necesario adoptar un nuevo Manual Corporativo de Marca de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que de manera integral regule los nuevos distintivos gráficos que generen elementos únicos de recordación, así las cosas, la nueva identidad institucional está dirigida a resaltar conceptos de cercanía, agilidad y eficiencia.

 

Que en el Manual Corporativo de Marca se establecen las directrices en el manejo de los elementos constructivos de la identidad visual institucional y por tanto este documento permite a los servidores públicos y colaboradores de la entidad, contar con un instrumento de consulta para el conocimiento, uso y porte adecuado de los distintivos gráficos y visuales, buscando en cada momento aumentar el grado de recordación simbólica de cada uno de sus componentes.

 

Que la entidad debe afianzarse en la percepción de los contribuyentes, usuarios y ciudadanía en general como una institución ágil, cercana y eficiente.

 

Que el Manual Corporativo de Marca es el documento oficial, donde se establecen las líneas maestras de la identidad institucional y los parámetros que se deben observar para imprimir la marca DIAN registrada, en los diferentes escenarios y servicios internos y externos.

 

Que igualmente, en el Manual Corporativo de Marca se detallan los signos gráficos y sus características físicas y tipográficas, se describen las distintas aplicaciones en las piezas de comunicación, papelería y uniformes. En el manual se incluyen ejemplos gráficos y se determinan los usos indebidos de sus componentes.

 

En mérito de lo expuesto, el Director General,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Adoptar el nuevo logotipo que identifica a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de acuerdo con las características que se establecen en el Anexo No. 1. “Manual Corporativo de Marca”, que hace parte integral de la presente resolución.

 

Artículo 2º: Implementar la nueva identidad gráfica institucional por parte de todas las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

Artículo 3º: Utilizar la papelería y demás elementos existentes en sus inventarios con el logo- símbolo anterior, con el fin de cumplir con las normas establecidas por el Gobierno Nacional en materia de austeridad del gasto público, por parte de todas las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

Esta medida será transitoria mientras se agotan dichos elementos y son reemplazados por los que contengan el nuevo logotipo.

 

Artículo 4º. Adoptar el Manual Corporativo de Marca de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de conformidad con las especificaciones del Anexo No. 1. “Manual Corporativo de Marca” que hace parte integral de la presente resolución, así como establecer los parámetros para su aplicación y actualización.

 

Artículo 5º. La Oficina de Comunicaciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tendrá las siguientes funciones respecto de Manual Corporativo de Marca:

 

1. Establecer las estrategias que propenden la socialización del Manual Corporativo de Marca aquí adoptado y coordinar con todas las dependencias de la entidad los mecanismos para su implementación.

 

2. Prestar asesoría necesaria a todas las dependencias del Nivel Central y el Nivel Seccional para la correcta aplicación de los parámetros establecidos en el Manual Corporativo de Marca.

 

3. Realizar la revisión permanente del Manual Corporativo de Marca y gestionar los ajustes, modificaciones y actualizaciones necesarias e informar de manera oportuna a toda la entidad.

 

4. Velar por el adecuado cumplimiento del Manual Corporativo de Marca y solicitar las correcciones a que haya lugar ante una indebida aplicación del Manual por parte de las dependencias.

 

Artículo 6º: Los diseños y demás aplicaciones que se realicen y determinen la marca de la DIAN en cualquier pieza de divulgación, deberán contar con el concepto favorable de la Oficina de Comunicaciones.

 

Artículo 7º. Publicar la presente resolución conforme al artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 8º: La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las Resoluciones 04956 del 18 de mayo de 2006 y 004167 del 24 de mayo de 2013.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2020.

 

El Director General,

 

José Andrés Romero Tarazona.

 

Publicada en D.O. 51.397 del 05 de Agosto de 2020.