GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Socio Impuestos Baker Tilly Colombia
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 27 de julio de 2010
VOCACIÓN DE INVERSIÓN DE LAS PERSONAS NATURALES
El perfil inversionista de las personas naturales en Colombia no es muy variado, sobresalen los inmuebles, las acciones, ganado, agricultura, moneda extranjera preferiblemente euros en estos momentos. Otros bienes que reflejan algunas preferencias de tipo suntuario son los vehículos, obras de arte, joyas entre los principales.
En materia tributaria las inversiones se reflejan en el patrimonio bruto del contribuyente que restadas las deudas o pasivos que tenga con terceros, queda el patrimonio líquido. En el artículo anterior avisamos que los formularios de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad no aparece ninguna discriminación, pero no por ello se debe dejar de tener una relación muy completa de cada uno de los activos y pasivos que componen el patrimonio líquido.
El patrimonio tiene varios asuntos que un contribuyente debe aprender a planear fiscalmente. En desorden algunas TIPS sobre su administración y control. 1- El incremento del patrimonio líquido de un período a otro debe justificarse plenamente con rentas, ganancias ocasionales o reajustes fiscales. No puede un contribuyente, por ejemplo pasar de $ 200 millones a $ 500 millones de patrimonio líquido si no ha obtenido rentas y ganancias por $ 300 millones. De no hacerlo, la autoridad tributaria le cobra el impuesto sobre una base que se denomina renta por comparación de patrimonios. 2- Fiscalmente debe siempre procurar que el patrimonio se aumente según la capacidad económica. No hacerlo, puede ocasionar en el futuro traumas cuando se realicen inversiones fuertes y no se tengan los recursos suficientes que justifiquen los incrementos. 3- La omisión de activos y la inclusión de pasivos inexistentes tienen fuertes sanciones. 4- No todos los bienes tienen efectos fiscales, por ejemplo la lencería de la cocina o el televisor de los niños no se espera que se vendan en un futuro. Por tanto su inclusión en el patrimonio no resulta relevante.
Me decía el Doctor Rafael Pardo Santamaría alguna vez que deseaba como en Estados Unidos, programar sus inversiones al inicio del año para saber cuánto debería obtener de ganancias o rentas en dicho período y así tener una planeación fiscal adecuada. Este es un punto importante del patrimonio en las personas naturales, que sirve de referencia no solo para definir negocios en el largo plazo y protección de la familia sino de condicionar el crecimiento dependiendo de los niveles de renta en cada período fiscal.
Sin embargo no resulta fácil planificar la ecuación: variación del patrimonio igual a rentas obtenidas. Algunas adquisiciones pueden dar gasto en el período que disminuyen la renta y por tanto los impuestos como algunos bienes adquiridos vía leasing que permiten las normas utilizarlos para este propósito, ejemplo, el leasing habitacional. Pero si se le da el tratamiento de gasto que disminuye la renta y los impuestos, no se puede simultáneamente llevarse como patrimonio del contribuyente, o es lo uno o es lo otro. Al contrario, si el contribuyente adquiere su vivienda por crédito ordinario, entonces si representa su activo en el patrimonio pero no puede tratar el valor pagado en las mensualidades como gasto, excepto los intereses de financiamiento.
La dificultad es cuando se vaya a vender el bien inmueble adquirido por leasing, en el ejemplo anterior. La opción de compra que normalmente es un valor simbólico, sería el costo de adquisición y al venderlo, si los avalúos catastrales son muy inferiores al valor comercial, se tendría una ganancia ocasional muy alta.
Entramos en otro terreno. ¿Qué pasa con las inversiones en activos fijos cuando se venden? Si tienen más de dos años de adquiridos, son ganancias ocasionales, si tiene menos de dos años, son renta líquida ordinaria. La diferencia entre estos dos conceptos consiste en que las ganancias ocasionales no se les puede aplicar ninguna deducción diferente de las pérdidas ocasionales, las cuales normalmente son difíciles de encontrar.
La rotación de las inversiones en bienes y otros valores, suele ser una estrategia de crecimiento del patrimonio, pero como se apuntó en el párrafo anterior, vender tiene dificultades así como decidir en qué nuevos activos se invertirá.
En general los activos se declaran por el costo de adquisición, pero las personas naturales pueden año tras año incrementar por un índice que da el gobierno las inversiones en acciones y en inmuebles. En otro capítulo hablaremos de cómo jugar tributariamente con esta clase de activos fijos.