GABRIEL VÁSQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Socio impuestos BAKER TILLY COLOMBIA
Bucaramanga, 3 de Mayo del 2010
E-mail: [email protected]
ESTATUTO TRIBUTARIO TERRITORIAL DE SANTANDER (I)
Mediante Ordenanza Departamental 01 de abril de 2010, el Señor Gobernador de Santander Doctor Horacio Serpa Uribe puso en acción el Estatuto Tributario Territorial de Santander (ETT) como una herramienta eficaz que logra consolidar en un solo articulado las normas sustantivas, de procedimiento y de defraudación de rentas, que regulan la tributación territorial; No contiene cambios de legislación sustantiva vigente, es decir los tributos que tiene a su cargo el departamento y que venía recaudando con anterioridad se continuarán pagando, pero ahora podrán los contribuyentes en un único documento organizado técnicamente, determinar las reglas de juego para todos los procesos de determinación de bases de los tributos, declaración, pago, retención, fiscalización, cobro coactivo, informes, entre otros.
Este esfuerzo de la Secretaría de Hacienda Departamental a cargo de la Dra. Ana Milena Alonso, coloca a nuestro Departamento a la vanguardia en los procesos de transparencia y saneamiento fiscal. El equipo consultor de la firma Baker Tilly International, integrado por más de 17 profesionales calificados, durante 18 meses mediante un proceso de investigación deductivo, manipularon las variables que tienen correlación directa con el crecimiento y aceleración del recaudo, disminución de los índices de elusión y evasión, en tres macroprocesos: macroeconómico, de procesos internos (microprocesos) y jurídico.
Digno de resaltar el trabajo de la comisión técnica de la Asamblea Departamental. No solamente revisaron la propuesta, sino que se discutieron de fondo y de forma el conjunto de normas, evaluaron la conveniencia para el Departamento de Santander de disponer del ETT y se ordenaron las mejoras que según su experiencia legislativa debía incorporarse.
¿Cómo venían operando antes del ETT los funcionarios encargados de los procesos de recaudación, control, fiscalización, cobro coativo? Con innumerables dificultades al intentar recopilar por cuenta de cada dependencia y funcionario las normas aplicables en su actividad. Esta práctica además de subjetiva, no involucraba a los contribuyentes en el proceso, en la medida que al no poder consultar directamente y de fuente válida las reglas vigentes, quedaba sin piso jurídico para exigir sus derechos como sujeto pasivo de la obligación tributaria.
¿Cómo funcionan los demás departamentos? La mayoría como lo venía haciendo Santander antes de implementar su ETT. Esta experiencia nos permitió observar la necesidad en el territorio nacional de diseñar para todos los departamentos una compilación de normas en un cuerpo coherente y lógico, que facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto del Estado como de los contribuyentes. Adicional, la mayoría de las normas rigen para todo el territorio nacional, y pueden existir casos de movilidad de bienes objeto del gravamen como el caso del Sistema Único Nacional de Transporte. Al no disponer de reglas uniformes, existen casos de prácticas elusivas y evasivas en el cumplimiento de las responsabilidades fiscales.
El grupo de investigadores, analizó 10 Estatutos Tributarios Territoriales vigentes. De ellos se tomaron las mejores prácticas y las redacciones más técnicas y afines con las normas de origen.
¿Qué tiene de diferencia el ETT de Santander con los demás vigentes? Varios adelantos. Además de la estructura metodológica antes señalada, de las tecnologías de la información aplicadas, que logran articular las variables que determinan el crecimiento y aceleración del recaudo, se referencian dentro del mismo Estatuto las normas básicas de origen, tanto nacionales como departamentales. Esta labor facilita rápidamente su actualización, consulta y guía inclusive en otros departamentos que no tienen un ETT propio. A su vez, algunos tributos complejos de recaudar en cabeza de los sujetos pasivos, se propone el mecanismo de la retención, como una metodología segura y rápida a cargo de las entidades que tienen mayor capacidad administrativa y logística.
¿Qué sigue para el Departamento de Santander? Primero su socialización a todos los niveles de la sociedad, contribuyentes, nuevos agentes de retención. Pero la tarea comienza por casa. Todas las dependencias del territorio de Santander y del mismo Palacio Departamental, que tengan que ver con los procesos tributarios de las rentas territoriales, deberán recibir la capacitación y direccionamiento para su aplicación.
La Secretaría de Hacienda Departamental, deberá diseñar la estrategia organizacional que le permita implementar los procesos mejorados de gestión tributaria, capacitar en técnicas de auditoría avanzada al equipo de fiscalización y crear los grupos interdisciplinarios de las actividades orientadas a mejorar el recaudo y lograr su aceleración.