GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Socio impuestos Baker Tilly Colombia
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 23 de Octubre de 2007
Ya habíamos expuesto que Venezuela decidió adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera (Siglas en Español NIIF, Siglas en inglés IFRS) a partir de Diciembre de 2008, como balance de apertura. Esta situación podría generar en el futuro algunas asimetrías entre la información de negocios disponible entre los inversionistas de los dos países. Recordamos que nuestro vecino, es uno de los principales socios comerciales.
Los Honorables representantes a la Cámara: Simón Gaviria Muñoz y David Luna Sánchez, proponen para el país el proceso de adopción. Es un tema complejo pero necesario, y lo mas seguro, es que mas temprano que tarde tendremos que actualizar nuestro actual reglamento contable, ya bastante rezagado de las mediciones utilizadas por la información global de negocios.
La propuesta legislativa
Es muy sencilla y práctica: “Todas las empresas que desarrollen sus actividades en Colombia adoptarán las Normas Internacionales de Información Financiera para la presentación de sus informes contables.”
La fecha de adopción propuesta sería el año 2010 y para las Pequeñas y medianas empresas, cuando tengan que reportar estados financieros en el exterior, para el 2012.
No sobra advertir, que en el futuro cercano, tal vez antes de la fecha propuesta por el proyecto de Ley 165 de 2007, las pequeñas y medianas empresas tendrán sus propios estándares internacionales de información financiera. Por tanto, en el texto de la Ley definitiva, este asunto deberá precisarse.
Los argumentos expuestos no pueden ser otros que las consideraciones de pensar en conectar a Colombia con la economía global: “La ciencia y la tecnología han generado importantes avances en el tema de las telecomunicaciones y de los medios de transporte. Ellos, a su vez, han impulsado a nivel mundial el intercambio comercial de bienes y servicios, el libre mercado y la integración regional. Como consecuencia de estas transformaciones la comunidad internacional ha advertido la necesidad de implementar políticas económicas abiertas, de incentivar el intercambio comercial y de fomentar la competitividad, pero sobre todo se ha dado cuenta de la necesidad de crear esquemas monetarios, jurídicos, económicos, financieros y contables uniformes.”
Igualmente el proyecto contextualiza la historia reciente de los organismos mundiales encargados de producir y promulgar los estándares internacionales de información financiera y los países que han realizado la transición parcial y total hacia dichas reglas. Se resalta que “países como Brasil, Uruguay, Chile, Argentina y Venezuela las han adoptado de forma tajante, influenciados por las ventajas de su implementación.” Un dato relevante, es considerar que las economías más influyentes de Latinoamérica, ya están en el mundo de las NIIF.
Otros cambios necesarios
La iniciativa legislativa tiene más fortalezas que debilidades. Una de sus fortalezas en nuestra opinión, es la de no tocar temas controversiales, pero igualmente necesarios de estudiar en el futuro, como el de los estándares internacionales de aseguramiento y auditoria.
Las firmas multinacionales de auditoria, por convicción científica y técnica, más que por cuestiones legales, las aplican en Colombia, de manera obligatoria, en sus trabajos de aseguramiento con alto nivel de seguridad. Adicionalmente, dichas firmas cumplen con los requerimientos exigidos para la figura local de control de la revisoría fiscal.
No así ocurre con algunas firmas de auditoria locales, que no aplican en sus trabajos los estándares internacionales de aseguramiento y auditoria, entre otras razones por cuestiones puramente legales. Ensentencia C-530 de mayo 2000 sobre una demanda de la Ley 43 de 1990, estableció que los pronunciamientos del Consejo Técnico de la Contaduría, en materia de auditoria no tienen fuerza vinculante. De esa fecha hasta hoy, no han existido actualizaciones técnicas, aún sin que exista fuerza vinculante, de las normas de auditoria generalmente aceptadas, de obligatorio cumplimiento según el estatuto profesional vigente en nuestro país.
Cambios en la legislación contable establecida en el Estatuto Tributario
Un tema directamente relacionado con el de la adopción de NIIF, es el de los cambios que se requerirán en la legislación contable establecida en nuestra legislación fiscal. De conformidad con principios constitucionales de Derecho Tributario, no pudiera ser derogatoria tácita, por cuanto cambiarían las bases de impuestos en la determinación de varios tributos, entre ellos renta e industria y comercio.
El Ministerio de Hacienda tiene un trabajo simultáneo que realizar, antes de la fecha de adopción de NIIF y es la revisión de toda la legislación contable inserta en el estatuto tributario. Ya existen estudios preliminares, muy avanzados, donde se determina cuales estándares están en el área de intersección de la contabilidad fiscal y la contabilidad comercial.
Esta es otra fortaleza del proyecto 165 de adopción de NIIF y es el de no tocar el tema de impuestos. La revisión y armonización de la legislación contable inserta en el estatuto tributario de Colombia, debe ser elaborado directamente por el Ministerio de Hacienda, y proponer los ajustes al estatuto fiscal vigente. Hay efectos directos en la recaudación, que alterarían de facto los presupuestos de ingresos corrientes de la nación, para los años siguientes en que se inicie la adopción, 2010.
No hacerlo de manera ordenada y con la debida anticipación, obligaría, como ha ocurrido en anteriores oportunidades, a elaborar reformas tributarias sin estudios de profundidad ni soporte con rigor científico, tal como ocurrió con la primera legislación fiscal de ajustes por inflación. Un tema extremadamente técnico, en manos de personas que tal vez en su vida habían realizado una actualización de información contable, degeneró en un cisma de cambios permanentes, con un final también poco técnico, la eliminación total del sistema de actualización de cifras fiscales, por una metodología opcional, que originará hacia el futuro mayores asimetrías entre la información contable y la fiscal.
La contabilidad fiscal en Colombia es una realidad ancestral que no se puede desconocer y tiene que ser objeto de modificación y armonización con las nuevas tendencias de reconocimiento, medición y presentación, establecidas en la regulación contable internacional. Sigue siendo absurdo e ignorante pensar que los organismos mundiales tienen que ajustar la regulación económica internacional a nuestras necesidades tributarias locales.
Bienvenidos al futuro, dijo en su discurso de posesión presidencial el padre del hoy ponente del Proyecto de Ley 165 de 2007. La decisión de avanzar hacia la modernización de nuestra economía, y en esta vía la adopción internacional de estándares de información de negocios, no puede y no debe esperar. Cada año de retraso será muy costoso para los agentes económicos que hoy tienen que elaborar dos procesos simultáneos de contabilidad para reportar al exterior sus estados financieros. La información actualmente producida es deficiente y con inconsistencias protuberantes, como las mediciones al valor histórico de transacciones con precios cambiantes, en vía de ejemplo, los activos biológicos.