¿HACIA DÓNDE VA LA CONTADURÍA EN COLOMBIA?
Fuertes vientos soplan desde el gobierno central para realizar una reforma en nuestra opinión estructural de la profesión contable. Somos una profesión joven. Desde 1960 con la Ley 145 que la elevó a la categoría de carrera profesional se han venido introduciendo modificaciones, donde el mas fuerte fue en 1990 con la Ley 43.
La propuesta en discusión cobija los tres escenarios de la profesión: Contabilidad, Auditoria y Contaduría. Contabilidad entendida como el conocimiento profesional estructurado multidisciplinariamente a partir de tres ambientes: 1- Entorno (Negocios, economía, organizaciones) 2- Tecnología de la Información (Diseño, control y administración de sistemas de información) y 3- Contabilidad y Finanzas (Modelos contables y uso de la información basados en propuestas axiomáticas). La auditoria hace parte del trabajo independiente del profesional de la contaduría y se desarrolla a partir de estándares que de su aplicación se deduzca que el auditor proveerá un alto, pero no absoluto, nivel de fiabilidad, expresado positivamente en el informe del auditor como una razonable convicción que la información objeto de la auditoría, tomada como un todo, está libre de errores o falsedades materiales. La contaduría hace referencia a la regulación del ejercicio profesional incluyendo entre otros los estándares sobre ética, buen gobierno y educación.
¿Quién está haciendo el estudio? Un Comité Técnico Interinstitucional del cual hacen parte las entidades de control del Estado y otros organismos importantes sobre los cuales tiene impacto la profesión contable.
¿Cuál es el objetivo principal? Preparar la profesión hacia la globalización de la economía mediante el reconocimiento de estándares internacionales de contabilidad, auditoria, contaduría y de buen gobierno de alta calidad.
Hasta la fecha nuestra regulación contable ha sido desordenada y proviene de múltiples fuentes, entre otras normas, las de origen comercial, tributario y laboral. Comenzar una nueva vida la profesión, implica cambios estructurales, desde el mismo gobierno, que ha venido utilizando la contabilidad, la contaduría y la auditoria, con propósitos de control de utilidades comerciales, rentas fiscales, bases de tributación, responsabilidades ante entidades del Estado y otros objetivos producto de situaciones particulares en la economía como el caso del lavado de activos.
¿Qué significa para los profesionales en ejercicio? Un cambio de paradigma. En algunos casos exige desaprender y en otros reaprender los conocimientos contables adquiridos y la práctica profesional actual. El modelo contable privado estuvo basado en reglas locales no actualizadas internacionalmente. Un gran número de profesionales en ejercicio aprendieron la contabilidad como “Book Keeping” o teneduría de libros. Ahora se les exigirá la contabilidad profesional y la certificación mediante exámenes de Estado para poder ejercer.
¿Qué cambios ocurrirán en la academia? Igualmente fuertes. Algunas universidades como la UNAB, EAFIT, ANTIOQUIA, SANTO TOMÁS, JAVERIANA, EXTERNADO, entre otras, se han venido preparando desde hace mas de 10 años, reconociendo los cambios internacionales en la profesión y formando docentes a nivel de maestría y doctorado en campos propios de las ciencias contables.
¿Qué tiempo tenemos para prepararnos? Muy poco. La propuesta es para el 2006, por los efectos múltiples que tiene la transición entre otros en las estructuras financieras y operativas de las entidades privadas y públicas y en la tributación. Significa lo anterior, que se requieren estudios preliminares de evaluación y ejecución durante 2004 y 2005 para preparar el año base de cambio en las entidades públicas y privadas. En otras palabras, estamos ya aplicando en las empresas estas investigaciones, tal como la que lidera el Consejo Técnico de la Contaduría, que se propone desaparecer.
¿Existen grupos de oposición al cambio? Por supuesto. Siempre han existido. Los mas fuertes son quienes se oponen a todo el proceso de reconocimiento mundial en los campos financieros y bursátiles de la economía colombiana. Los motivos? Algunos lo ven como una amenaza y pérdida de identidad cultural y social. Podrán parar el proceso? No creemos, las tendencias globales y la presencia de Banco Mundial entre otros organismos multilaterales en el diseño del perfil regulatorio en materia económica y contable de los países emergentes, tienen fuerte impacto en los gobiernos actuales, que están buscando estrategias de reorganizar la deuda pública y proyectarse en el largo plazo de manera integrada con el mundo.
Nueva terminología
Algunos de los nuevos conceptos incluidos en la propuesta reemplazan, modifican y en algunos casos dejan obsoleto la práctica actual de la contaduría. En el cuadro 1. presentamos un resumen de los mismos.
Cuadro 1. Terminología actual y futura de la profesión contable en Colombia. |
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ACTUAL |
FUTURA |
Normas de contabilidad, Normas de Auditoria, Normas de Contaduría |
Estándares internacionales de Contabilidad, Auditoria, Contaduría y Buen Gobierno, emitidas por organismos internacionales. |
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Organismos internacionales emisores de estándares reconocidos por el gobierno de Colombia. |
· Consejo Técnico de la Contaduría · Consejo Permanente para la Evaluación de las Normas de Contabilidad |
Comisión Nacional de Estándares Contables: 5 miembros de tiempo completo, nombrados por el Presidente de la República, 3 Contadores Profesionales Acreditados 2 de otras disciplinas. |
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Control de Calidad de la auditoria, de acuerdo a estándares internacionales, realizado por los organismos de supervisión de las entidades. |
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· Mecanismos de control interno · Auditoria Interna · Comité de auditoria |
· Contador Público Titulado (Después Ley 45 de 1960) · Contador Público Autorizado (Antes Ley 45 de 1960) |
· Contador Profesional Acreditado (CPA) persona natural · Contador Profesional Acreditado (CPA) persona jurídica · Contador Profesional Acreditado Público |
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· Ejercicio Profesional Público · Ejercicio Profesional Privado |
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Renovación de inscripción de Contador Profesional Acreditado – Cada cinco años. |
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Exámen de Estado para acreditación |
Junta Central de Contadores |
Superintendencia de Sociedades: Investigación disciplinaria |
Junta Central de Contadores |
Consejo Superior Contable: Integrado por entidades de control y otros organismos del Estado. No hay participación de los gremios de contadores ni de la academia. |
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Supervisión del Contador Profesional Acreditado. (Ejercida por la Superintendencia de Sociedades). |
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Multas por sanciones disciplinarias: · Contador Profesional Acreditado persona natural hasta $ 7 millones · Contador Profesional Acreditado persona jurídica hasta $ 130 millones. · Renuencia a suministrar información: Hasta 10 salarios mínimos legales mensuales.
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Nivel de escalabilidad de las entidades: Nivel 1, 2 y 3, según Ley 590 de 2000. |
Revisoría Fiscal: Función de fiscalización privada, múltiples funciones. |
Revisoría Fiscal: Función única: Auditoria de Estados Financieros, de acuerdo con estándares internacionales de auditoria. |
Dada la complejidad de este tema, en artículos separados estaremos analizando algunos tópicos especiales, tales como los efectos en impuestos para las empresas, la desaparición de la Revisoría Fiscal, entre otras propuestas.
Cordialmente,
GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Decano Facultad Contaduría UNAB
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 29 de septiembre de 2003