Se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023
RESOLUCIÓN 3479 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 19 de la Ley 2276 de 2022 y 19 del Decreto 2590 de 2022 y
CONSIDERANDO
Que los artículos 19 de la Ley 2276 de 2022 y 19 del Decreto 2590 de 2022, disponen que se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de Ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del .orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. SI no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de éstos.
Así mismo, señalan que las operaciones presupuéstales contenidas en los mencionados actos administrativos se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas.
Que los artículos citados disponen que a fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo, servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de éstas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores en la misma vigencia de la distribución. Tratándose de gastos de inversión, la operación presupuestal descrita, en el órgano receptor se clasificará en el programa y subprograma a ejecutar que corresponda, para los gastos de funcionamiento se asignará al rubro presupuestal correspondiente; estas operaciones de inversión y funcionamiento en ningún caso podrán cambiar la destinación ni la cuantía, lo cual deberá constar en el acto administrativo que para tal fin se expida.
Que, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023, existen recursos en la Unidad 1301-01 -Gestión General, Programa: 1302 Gestión de Recursos Públicos; Subprograma: 1000 Intersubsectorial Gobierno; Proyecto: 14 "Apoyo a proyectos de inversión a nivel nacional - (Distribución previo Concepto DNP)"; Recurso 11: "Otros Recursos del Tesoro", que pueden ser distribuidos.
Que el Departamento Nacional de Planeación mediante Oficio N° 20234300005296 del 29 de diciembre de 2023, emitió concepto favorable sobre la distribución de los recursos del proyecto referido.
Que el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9623 del 29 de diciembre de 2023 por valor de TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($363.357.282.584).
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE
Artículo 1. Distribución. Efectuar la siguiente distribución en el presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal 2023, así:
Artículo 2. Vigencia. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su publicación y requiere para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 29 DIC 2023
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ
Ministro de Hacienda y Crédito Público
CLAUDIA MARCELA NUMA PAEZ
Directora General del Presupuesto Público Nacional