Concepto 230(006766)

Tipo de norma
Número
230(006766)
Fecha
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Adición al Concepto General Unificado 007546 - interno 585 de noviembre 10 de 2020
- Estampilla Pro Universidad Nacional.

 

CONCEPTO DIAN 230 DEL 5 DE ABRIL DE 2024

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

 

Bogotá, D.C.

 

Señores

CONTRIBUYENTES

[email protected]

 

Ref.: Adición al Concepto General Unificado 007546 - interno 585 de noviembre 10 de 2020 - Estampilla Pro Universidad Nacional.

 

Cordial saludo.

 

Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera qeneral, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019.

 

Mediante el presente pronunciamiento se adiciona el Descriptor 3 (base gravable y tarifa) del Concepto General Unificado de la referencia, así:

 

3.5. Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable e interpretación del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023

 

El artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) Creó la Unidad de Valor Básico (UVB), la cual se reajustará anualmente en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y estableció que los valores denominados y establecidos Actualmente con base en salarios mínimos o en Unidades de Valor tributario (UVT), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Básico (UVB) el año 2023.

 

Sin embargo, el legislador en el parágrafo 2 de la mencionada disposición estableció que “la Unidad de Valor Básico (UVB), no será aplicable a las cifras y valores aplicables a tributos, sanciones y, en general, a los asuntos previstos en las disposiciones tributarias, ni en relación con los asuntos de índole aduanera ni de fiscalización cambiaria, que se encuentren medidos o tasados en Unidades de Valor Tributario (UVT).” (Resaltado fuera de texto)

 

Es importante mencionar que el artículo 372 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026), derogó de manera expresa el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 que ordenaba que los valores expresados en salarios mínimos se debían expresar en Unidades de Valor Tributario (UVT). No obstante, para efectos tributarios se deberá atender a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023.

 

En ese sentido, en atención a la naturaleza de la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia, de acuerdo con lo señalado en el artículo 2 de la Ley 1697 de 2013 es una contribución parafiscal, es decir, una especie de tributo y la UVB no resulta aplicable. Por ende, las bases gravables de la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia, se deberán seguir determinando con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT).


En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.