Establecen los lineamientos para el trámite de comisiones al exterior, durante el cierre de la vigencia fiscal 2024 e inicio de la ejecución de la vigencia fiscal del año 2025.
CIRCULAR 0080 DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2024
MINISTERIO DE TRABAJO
Bogotá, D.C. 3 de Diciembre de 2024
PARA: DESPACHO, MINISTRA DEL TRABAJO, VICEMINISTROS, SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES TECNICOS, JEFES DE OFICINA, SUBDIRECTORES, DIRECTORES TERRITORIALES, SERVIDORES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS DEL SECTOR TRABAJO
DE: SECRETARIA GENERAL
ASUNTO: Socialización Circular CIR24-00000085 / GFPU 12000000del Departamento Administrativo de Presidencia - DAPRE - Lineamientos para el trámite de comisiones al exterior, durante el cierre de la vigencia fiscal 2024 e inicio de la ejecución de la vigencia fiscal del año 2025, en el marco de la austeridad del gasto público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 199 de 2024 por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto para la vigencia de 2024, y en atención a lo dispuesto en la Circular CIR24-00000085 / GFPU 12000000 expedida por el Departamento Administrativo de la Presidencia - DAPRE, con el propósito de hacer prevalecer los principios de economía, elevar la eficiencia y efectividad y optimizar el uso de los recursos públicos y realizar de forma oportuna y adecuada el cierre de la vigencia fiscal 2024 e inicio de la ejecución de la vigencia fiscal del año 2025, a continuación se imparten los siguientes lineamientos:
- Todas las comisiones de servicios al exterior del país de los servidores públicos del Ministerio del Trabajo y de las entidades adscritas y vinculadas del sector Trabajo, con o sin cargo al erario público, deberán contar con la autorización previa del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - DAPRE, una vez han sido autorizadas por la Secretaría General o la Ministra del Trabajo, de conformidad las normas que rigen la materia.
- Todas las solicitudes de autorizaciones de Comisiones al exterior deben ser tramitadas únicamente por la Secretaria General a través del Sistema de Gestión de Comisiones al Exterior del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
- Las comisiones al exterior de los servidores públicos del Ministerio del Trabajo y de las entidades adscritas y vinculada del Sector Trabajo, que deban realizarse durante el periodo comprendido entre el viernes 20 de diciembre de 2024 y el martes 7 de enero de 2025, deberán solicitarse y ser justificadas por estricta necesidad del servicio.
- Toda solicitud de autorización de comisiones al exterior, que requiera realizarse durante el periodo comprendido entre el viernes 20 de diciembre de 2024 y el martes 7 de enero de 2025, deberán ser solicitadas excepcionalmente y por esta única vez, ante la Secretaría General hasta el día jueves 12 de diciembre de 2024, con el fin de que sean cargadas en el Sistema de Gestión de Comisiones al Exterior del Departamento Administrativo de la Presidencia - DAPRE, a más tardar el día domingo 15 de diciembre de 2024,.
- Para la solicitud de comisiones al exterior del país de los servidores públicos del Ministerio del Trabajo, es requisito indispensable no tener legalizaciones pendientes ante el Grupo Interno de Trabajo de Tesorería de la Subdirección Administrativa y Financiera. En todo caso, si la misma se presenta sin el cumplimiento de este requisito, no será tramitada dicha solicitud.
Agradezco el estricto cumplimiento de los lineamientos trazados en la presente Circular con el fin de garantizar la austeridad en el gasto público y la oportunidad y eficiencia en el trámite de las Comisiones al exterior y de las autorizaciones ante el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Atentamente,
CARLA ESTEFANÍA POVEDA GUTIÉRREZ
Secretaria General