Concepto 87

Tipo de norma
Número
87
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Obligación de presentar declaración de renta y medios exógenos para un contador retirado de la empresa

Concepto N° 087

28-03-2014

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

 

 

Bogotá D. C.

 

Señor (sic)

MARIA ANTONIA LEDESMA A.

Contadora

312-8455752

[email protected]

 

REFERENCIA:

Fecha de Radicado

12 de marzo de 2014

Entidad de Origen

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

N° de Radicación CTCP

2014-087- CONSULTA

Tema

Obligación de presentar declaración de renta y medios exógenos para un contador retirado de la empresa

 

 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública en su carácter de organismo gubernamental de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, atendiendo lo dispuesto en el artículo 6 y 8 de la Ley 1314 de 2009 y en el Decreto Reglamentario 3567 de 2011, procede a responder una consulta.

 

CONSULTA (textual)

 

A mí como Contadora de una Asociación, a la cual renuncié el 31 de diciembre de 2013, pero por demoras en la nueva contratación del contador hice entrega oficial el día 31 de enero de 2014; me tocacaría (sic) y presentar a (sic) declaración de renta y la información exógena correspondiente al año gravable de 2013.

 

CONSIDERACIONES Y RESPUESTA

 

Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

 

En este caso, la contadora de la Asociación debe revisar las obligaciones que fueron adquiridas al suscribir el contrato laboral o de prestación de servicios.

 

Tratándose de un contrato laboral, todas las responsabilidades laborales se suspenden cuando se da por terminada la relación laboral, quedando circunscrita su responsabilidad solo al tiempo de vigencia de su contrato como contadora.

 

Si se está frente a un contrato de prestación de servicios y parte del contrato incluía la responsabilidad de elaborar y presentar la declaración de renta y la información exógena del año gravable de 2013, estaría sujeta a cumplir dicha responsabilidad de acuerdo a los términos contractuales.

 

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos por las autoridades como respuesta a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

 

Cordialmente,

 

 

WILMAR FRANCO FRANCO

Presidente

 

 

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