Concepto 12

Tipo de norma
Número
12
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Papeles de Trabajo en proceso de fusión de sociedades.

Concepto Nº 012

28-01-2014

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

 

 

Bogotá D.C.,

 

Señor

SHIRLEY GOMEZ

Correo: [email protected]

 

REFERENCIA:

 

Fecha de Radicado

14 de Enero de 2014

Entidad de Origen

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Nº de Radicación CTCP

2014 - 012- CONSULTA

Tema

Papeles de Trabajo

 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública en su carácter de organismo gubernamental de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, atendiendo a lo dispuesto en la (sic) artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 13 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011 y el numeral 3 del artículo 33 Ley 43 de 1990, procede a responder una consulta

 

CONSULTA (TEXTUAL)

 

“Yo soy revisor fiscal de 4 sociedades que se van a fusionar con la estructuras (sic) incluida en el archivo de Word adjunto al 30 de mayo de 2014.

La sociedad 3 es la compañía operativa y en este proceso de fusión es quien va absorver (sic) las sociedades 1,2 y 4. Los ingresos de las sociedades 1,2 y 4 se derivan principalmente de registro del método de participación.

 

Mi consulta es:

 

Yo como revisor fiscal de las 4 compañías cuando haga mi revisión de los Estados Financieros (en mayo de 2014) para la aprobación de la Junta Directiva y seguidamente la solicitud de autorización ante la Superintendencia Financiera de los EEFF (sic) y emita opinión sobre dichos estados financieros, como debo llevar a cabo la documentación de mis papeles de trabajo (sic) para sustentar mi opinión de acuerdo al procedimiento No 7:

 

a.      Realizando un proceso de revisión (sic) de las cifras base para realizar el proceso de fusión o

b.      Debo aplicar la totalidad de los procedimientos de auditoría (sic) indicados por la técnica y las normas contables (sic)

 

Me pueden indicar por favor entre las opiniones a y b, cual esla (sic) que debo aplicar para realizar mi proceso de revisión de mis estados financieros en proceso de fusión.”

 

CONSIDERACIONES Y RESPUESTAS

 

Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 172 del Código de Comercio, un proceso de fusión se efectúa cuando una o más sociedades se disuelven, sin liquidarse, para ser absorbidas por otra o para crear una nueva. Por tal razón, la compañía absorbente adquiere los bienes y derechos de las sociedades absorbidas y asume los pasivos internos y externos de las mismas.

 

Para identificar los activos adquiridos y pasivos asumidos a fusionar se deberán utilizar estados financieros de cada una de las entidades sujeta a fusión, debidamente auditados. Por tal razón, deberá realizar un trabajo de aseguramiento para cada uno de los estados financieros para obtener una seguridad razonable sobre su contenido.

 

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

 

Cordialmente,

 

 

WILMAR FRANCO FRANCO

Presidente