Resolución 2546

Tipo de norma
Número
2546
Fecha
Diario oficial
47660
Fecha del diario oficial
Título

Modifica y adiciona algunas áreas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales .-DIAN-

Subtítulo

Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008.

 

 

 

 

RESOLUCIÓN N° 0002546

19-03-2010

Dian

 

por la cual se modifica y adiciona la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008.

 

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 1, 5 y 23 del artículo 6° y el artículo 50 del Decreto 4048 de 2008,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modifícase el artículo 7° de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:

 

“Artículo 7°. Crear la Coordinación de Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales en el despacho de la Subdirección de Gestión de Personal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Administrar el sistema de formación y capacitación de la DIAN, así como la información relacionada con la capacitación e inducción impartida por la Entidad a los empleados públicos.

2. Desarrollar las políticas de capacitación que establezca la DIAN.

3. Garantizar el suministro de los medios necesarios para el desarrollo de los procesos de capacitación.

4. Garantizar la información del perfil docente de los empleados públicos de la Entidad, así como el desarrollo de las habilidades pedagógicas de los vinculados con los procesos de docencia.

5. Coordinar la ejecución y evaluación del Plan Nacional de Capacitación y Formación Académica, para los empleados públicos de la Entidad.

6. Gestionar la celebración de convenios con entidades del orden nacional e internacional, para la ejecución de actividades, planes y programas de naturaleza académica.

7. Coordinar y supervisar la ejecución del proceso de evaluación del desempeño de los empleados públicos de la DIAN y consolidar y preparar los informes de sus resultados.

8. Coordinar la ejecución y evaluación de los procesos de inducción y reinducción para empleados públicos de la DIAN nuevos y de planta.

9. Expedir los certificados de capacitación impartida por la Entidad.

10. Administrar las certificaciones de estudios de educación formal y no formal, realizadas por los empleados públicos del Nivel Central y de las Direcciones Seccionales de Bogotá.

11. Administrar el sistema de información académica a nivel nacional”.

 

Artículo 2°. Modifícase el artículo 20 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:

 

“Artículo 20. Crear la Coordinación de Disposición de Mercancías en el despacho de la Subdirección de Gestión Comercial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Proyectar los actos administrativos de disposición de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

2. Supervisar las labores de comercialización y destrucción de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

3. Proponer y dirigir el plan de disposición de mercancías.

4. Asesorar a las Direcciones Seccionales en los asuntos relativos al mercadeo y disposición adecuada de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

5. Supervisar las actividades para la disposición de los bienes aprehendidos, decomisados o abandonados, realizadas por las Direcciones Seccionales o terceros en quienes se haya delegado esta función”.

 

Artículo 3°. Modifícase el artículo 21 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:

 

“Artículo 21. Crear la Coordinación Nacional de Inventario de Mercancías en el despacho de la Subdirección de Gestión Comercial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Administrar el Sistema Nacional de Inventarios de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

2. Establecer y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles recibidos en pago de obligaciones fiscales administrados por la DIAN.

3. Ejercer la supervisión de la custodia de los formularios y cartillas y el control de ejecución de los contratos de almacenamiento de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación, de las mercancías recibidas en pago de obligaciones fiscales, así como de los contratos que se deriven por la venta de bienes y servicios propios de la Entidad.

4. Administrar la facturación, reportar los movimientos contables y proyectar las declaraciones tributarias, conciliaciones de ingresos generados por la disposición de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación, bienes y servicios propios de la DIAN y bienes entregados a la Entidad en pago de obligaciones fiscales y conservar los archivos que se generen.

5. Asesorar a las Direcciones Seccionales en los asuntos relativos a la administración y custodia de los inventarios de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación y en los asuntos relativos al mercadeo y valoración comercial de los bienes propiedad de la Entidad.

6. Controlar las garantías que se constituyen en reemplazo de las mercancías aprehendidas y las derivadas de la disposición de mercancías.

7. Ejecutar directamente o a través de terceros las labores de custodia, producción, comercialización, publicidad y mercadeo de los bienes propiedad de la Entidad susceptibles de ser comercializados y los servicios que se presten cualquiera sea su naturaleza o denominación.

8. Proyectar los actos administrativos mediante los cuales se fijan los precios a cobrar por la venta de bienes y servicios propiedad de la Entidad.

9. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos propios de la DIAN.

10. Informar mensualmente la ejecución del presupuesto de ingresos propios de la Entidad.

11. Efectuar los estudios previos para realizar los contratos requeridos para el debido desarrollo de las funciones asignadas.

12. Coordinar, controlar, supervisar y evaluar las labores de mercadeo de los bienes y servicios propios de la entidad, realizadas por las Direcciones Seccionales o a través de terceros.

13. Proponer el plan de ventas de los bienes y servicios conforme a las políticas que se señalen.

14. Realizar estudios de mercadeo para determinar el precio de venta de los bienes y servicios para comercializar”.

 

Artículo 4°. Modifícase el artículo 22 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, modificado por la Resolución 013293 de 2009, el cual queda así:

 

Artículo 22. Crear la Coordinación de la Dinámica de los Procesos en el despacho de la Subdirección de Procesos y Competencias Laborales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Definir y elaborar las especificaciones funcionales, así como el diseño gráfico de los procesos, procedimientos, formatos o formularios, que requieran el desarrollo de un Servicio Informático Electrónico.

2. Planear y ejecutar las pruebas de concepto de los procesos, procedimientos, formatos y formularios que requieran el desarrollo de un Servicio Informático Electrónico.

3. Realizar las pruebas de simulación correspondientes a los procesos procedimientos, formatos y formularios a los cuales se les implementó un Servicio Informático Electrónico.

4. Participar en la elaboración de la reglamentación, manuales, formatos, formularios y demás documentación correspondiente a la caracterización de los procesos y la descripción de los procedimientos cuando la Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias laborales lo requiera.

5. Capacitar a los responsables de la ejecución de los procedimientos, formatos y formularios implementados, así como a los usuarios externos.

6. Coordinar la entrega a las áreas responsables, de los procedimientos desarrollados o modificados, con su respectivo Servicio Informático Electrónico”.

 

Artículo 5°. Modifícase el artículo 23 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:

 

Artículo 23. Crear la Coordinación de la Dinámica de las Competencias Laborales en el despacho de la Subdirección de Procesos y Competencias Laborales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Desarrollar y adaptar metodologías, técnicas y herramientas para garantizar la aplicación de las normas de empleo público.

2. Diseñar propuestas que permitan instrumentar los componentes del sistema específico de carrera, de acuerdo con la normatividad de empleo público vigente.

3. Proponer en coordinación con los responsables de cada proceso, los perfiles ocupacionales, responsabilidades y competencias de los empleados públicos de la DIAN.

4. Proponer el Manual de Funciones y estructurar los Perfiles del Rol de los empleos de acuerdo con la nomenclatura y planta de la Entidad; así como impartir los lineamientos para la comunicación de funciones.

5. Elaborar y presentar a las instancias competentes, las propuestas de convocatoria a concurso de acuerdo con el plan de vacantes y las necesidades identificadas.

6. Proponer los procedimientos e instrumentos de evaluación individual del desempeño de acuerdo con los lineamientos y políticas gubernamentales.

7. Proponer estrategias para la identificación, evaluación y desarrollo de las competencias laborales de los empleados públicos.

8. Considerar los planes de mejoramiento individual para el diseño de estrategias que permitan el desarrollo de competencias laborales.

9. Participar en la elaboración de estudios de cargas de trabajo requeridos por la Entidad.

10. Proponer estrategias para la gestión ética en la Entidad.

11. Diseñar el Plan Institucional de Capacitación y dar los lineamientos para la Inducción y Reinducción, de acuerdo con el Sistema Específico de Carrera y el Plan Estratégico de la Entidad”.

 

Artículo 6°. Modifícase el artículo 25 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, modificado por el artículo 2° de la Resolución 4105 de 2009, el cual queda así:

 

“Artículo 25. Crear la Coordinación de Programas de Control y Facilitación en el despacho de la Subdirección de Gestión de Análisis Operacional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Adelantar estudios y análisis sobre las diferentes infracciones a los regímenes tributario, aduanero y cambiario.

2. Aplicar metodologías que permitan determinar los focos de evasión y contrabando, así como las principales infracciones a los regímenes tributario, aduanero y cambiario.

3. Investigar, desarrollar y adaptar nuevas tecnologías en materia de programas de control y facilitación.

4. Elaborar informes de apoyo para la preparación del Plan Anual de Choque contra la Evasión y desagregar el citado Plan en programas y campañas de control, en coordinación con las dependencias del nivel central encargadas de controlar su ejecución.

5. Formular, diseñar, elaborar y documentar los programas y campañas de control.

6. Seleccionar los casos específicos que deben ser objeto de los programas o campañas de control.

7. Proponer a la Subdirección de Gestión de Análisis Operacional la realización de pruebas piloto en ambiente real cuando así se requiera y participar en la coordinación y ejecución de dichas pruebas.

8. Efectuar el seguimiento y evaluación de los programas y campañas de control y facilitación e informar sus resultados a las dependencias del nivel central involucradas en el proceso.

9. Realizar ajustes a los programas o campañas de control como resultado de su evaluación.

 

Artículo 7°. Adiciónase el artículo 56 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, en el sentido de crear el Grupo Interno de Trabajo de Representación Externa en la División de Gestión Jurídica de la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes.

 

Artículo 8°. Adiciónase el artículo 62 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, adicionado por el artículo 5° de la Resolución 4105 del 22 de abril de 2009, en el sentido de crear el Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Fiscalización en la División de Gestión de Fiscalización de las Direcciones Seccionales de Aduanas Cali y Medellín.

 

Artículo 9°. Adiciónase el artículo 65 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, adicionado por el artículo 6° de la Resolución 4105 del 22 de abril de 2009, en el sentido de crear el Grupo Interno de Trabajo de Control a Obligaciones Formales en la División de Gestión de Fiscalización de las Direcciones Seccionales de Impuestos de Cartagena y Cúcuta y en las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Ibagué y Manizales.

 

Artículo 10. Adiciónase el artículo 66 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, adicionado por el artículo 7° de la Resolución 4105 del 22 de abril de 2009, en el sentido de crear el Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras I en el Despacho de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco.

 

Artículo 11. Adiciónase el artículo 81 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, en el sentido de crear el Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Liquidación en la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá.

 

Artículo 12. Modifícase el artículo 120 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, adicionado por el artículo 3° de la Resolución 10826 de octubre 7 de 2009, el cual queda así:

 

“Artículo 120. Crear la Coordinación de Enlace Local e Internacional en el despacho de la Dirección de Gestión Organizacional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Coordinar las diversas actividades de carácter internacional en las que participe la entidad y adelantar las acciones a que haya lugar con las dependencias correspondientes, en los aspectos formales, logísticos y protocolarios y en temas tales como recepción de visitas internacionales, rondas de negociación de convenios, agendas, eventos y participación de los empleados públicos de la entidad en eventos de carácter internacional.

2. Actuar como representantes de enlace en materia de cooperación internacional y servir de canal de comunicación e Interacción entre la DIAN y agentes extranjeros y locales en el ámbito de competencia de la Dirección de Gestión Organizacional, sin perjuicio de las delegaciones que para el efecto establezca el Director General.

3. Adelantar la gestión correspondiente a la celebración, modificación y terminación de los convenios interinstitucionales que sean competencia de la Dirección de Gestión Organizacional.

4. Asistir a reuniones interinstitucionales en materia internacional y local.

5. Adelantar las gestiones correspondientes a la obtención y preparación de la información necesaria para la selección por parte del Director General de los funcionarios que en nombre de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deban asistir y/o representar a la entidad en actos de carácter internacional, así como hacer seguimiento al trámite de las comisiones al exterior.

6. Adelantar las actuaciones pertinentes para la traducción oficial y no oficial de documentos del quehacer institucional, requeridos por las diferentes dependencias de la entidad.

7. Orientar las relaciones internacionales que se susciten por cumplimiento de la misión institucional para favorecer ambientes de confianza, cordialidad, cooperación e integración”.

 

Artículo 13. Adiciónase la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, con el siguiente artículo:

 

“Artículo 121. Crear la Coordinación de Administración y Perfilamiento de Riesgos en el despacho de la Subdirección de Gestión de Análisis Operacional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Investigar, desarrollar y adoptar las mejores prácticas internacionales en materia de Administración y Perfilamiento de riesgos.

2. Analizar la información relevante a fin de identificar posibles riesgos de incumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

3. Evaluar los requerimientos normativos, organizacionales y metodológicos de la entidad frente a la administración de los riesgos operacionales.

4. Establecer el tipo de información que deben aportar las dependencias de la DIAN a fin de conformar los perfiles de riesgo de incumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias; proponer los formatos y determinar la oportunidad para su entrega.

5. Asesorar a los responsables de los procesos y procedimientos en la elaboración de los mapas de riesgos operacionales.

6. Evaluar y establecer las metodologías que permitan Administrar el sistema de riesgos Operacionales y construir perfiles de riesgo de incumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, a fin de establecer los controles o servicios de facilitación pertinentes.

7. Definir y evaluar las variables, parámetros e indicadores que se deben incorporar en las metodologías de administración de riesgos operacionales y de perfilamiento de riesgo.

8. Monitorear la información, variables e indicadores para generar alertas oportunas sobre operaciones que impliquen significativo impacto y/o alto riesgo de incumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias, para que los responsables de los procesos involucrados establezcan los controles o servicios de facilitación pertinentes.

9. Definir en coordinación con el despacho de la Subdirección de Gestión de Análisis Operacional, criterios de selección que deban incorporarse en los sistemas o herramientas diseñadas por la entidad para la selectividad de casos en la inspección de operaciones de comercio exterior.

10. Administrar las herramientas, información y reportes relacionados con el sistema de riesgos operacionales y la selectividad de casos en la inspección de operaciones de comercio exterior.

11. Proponer políticas en materia de administración de riesgos y asesorar a los responsables de los procesos y procedimientos en su implementación.

12. Representar a la Entidad ante organizaciones y demás entidades en temas relacionados con la administración y perfilamiento de riesgos, de conformidad con las políticas que sobre el particular definan la Dirección General y la Dirección de Gestión Organizacional”.

 

Artículo 14. Adiciónase la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, con el siguiente artículo:

 

“Artículo 122. Crear la Coordinación de Organización y Gestión de Calidad, en el despacho de la Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias Laborales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:

 

1. Coordinar la optimización de la organización de la DIAN, así como sus procesos y procedimientos.

2. Desarrollar y adaptar nuevas metodologías, técnicas y herramientas en materia de desarrollo organizacional.

3. Establecer los estándares de los formatos y formularios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y administrar su actualización.

4. Coordinar la caracterización de los procesos y la descripción de los procedimientos así como los manuales y métodos y mantener su archivo técnico.

5. Coordinar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión de Calidad y Control Interno de la Entidad.

6. Coordinar la realización de auditorías internas y externas de calidad.

7. Participar en la elaboración de estudios de cargas de trabajo requeridos por la Entidad.

8. Realizar el análisis de viabilidad a las propuestas de modificación a la estructura organizacional de la Entidad y elaborar los estudios técnicos que se requieran para soportarlas”.

 

Artículo 15. Adiciónase la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, con el siguiente artículo:

 

“Artículo 123. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que sean contrarias”.

 

Artículo 16. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución 013293 del 4 de diciembre de 2009.

 

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de marzo de 2010.

 

 

El Director General,

Néstor Díaz Saavedra.