Traslado y reporte de recaudo de impuestos nacionales.
CIRCULAR EXTERNA N° 000010
09-06-2015
DIAN
Para: Representantes Legales y Revisores Fiscales de Entidades Autorizadas para Recaudar.
De: Director General Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Directora General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
Asunto: Traslado y Reporte de Recaudo Impuestos Nacionales.
En la Circular Externa 000010 de abril 30 de 2014, se informó a las Entidades Autorizadas para Recaudar, el número y nombre de las cuentas en el Banco de la República en las cuales se debían efectuar los traslados de los valores recaudados.
Con la expedición de la Ley 1739 de diciembre de 2014 entra en vigencia, para el año 2015, un nuevo impuesto de carácter nacional, el cual es administrado por la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Por lo anterior, se hace necesario armonizar el nuevo concepto conforme al formulario prescrito e impartir nuevas instrucciones sobre el tema planteado, así:
1. CUENTAS VIGENTES
A continuación se relacionan todas las cuentas vigentes para la transferencia de los recaudos vía SEBRA al Banco de la República, así como los códigos de operación, para la exención del Gravamen a los Movimientos Financieros
Cuenta N° |
Descripción |
Código Operación SEBRA |
61011045 |
Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM (Impuesto, Intereses y Sanciones) Concepto 20 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
137 |
61011128 |
Impuesto de Renta (Impuesto, Intereses y Sanciones) Conceptos 04, 07, 22, 41, 42, 55 y 56 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
445 |
61012159 |
Aduanas (Arancel, IVA (Otros, Intereses y Sanciones Cambiarias) y todos los conceptos de pago del Formulario 690_ Recibo Oficial de Pago de Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias). |
443 |
61012167 |
Gravamen a los Movimientos Financieros (Impuesto, Intereses y Sanciones) Concepto 99 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales |
124 |
61015962 |
Impuesto para Preservar la Seguridad Democrática Decreto 1838/2002. Concepto 10 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
444 |
61016218 |
Impuesto al Patrimonio. Concepto 54 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales |
452 |
61016804 |
Retención en la Fuente (Impuestos, Intereses y Sanciones) y los Conceptos 08, 61, 62 y 63 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
441 |
61016812 |
Impuesto Sobre las Ventas (Impuesto, Intereses y Sanciones) y los Conceptos 05, 57 y 58 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
442 |
61017976 |
Impuesto Nacional al Consumo (Impuesto, Intereses y Sanciones) y los Conceptos 21 y 24 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
456 |
61018982 |
Retención Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE conceptos 64, 65 y 66 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
457 |
61017992 |
Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE (Impuesto, Intereses y Sanciones) Concepto 23 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
458 |
61019998 |
Impuesto a la Riqueza y su Complementario de Normalización Tributaria Concepto 25 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
11459 |
2. INFORME DIARIO
Contiene los recaudos del día anterior, incluyendo lo recibido en horario extendido de la misma fecha, discriminando dentro del archivo cada día de recaudo, bien sea día hábil, sábado, domingo o festivo.
Los valores de recaudos deben venir expresados en pesos, y la información debe incluir el 100% de los recaudos en efectivo de la fecha informada.
El informe debe enviarse en el formato “Excel” anexo a la presente circular, antes de las diez cero cero (10:00) a. m., vía e-mail (correo electrónico) a las siguientes cuentas de usuario:
Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales: [email protected].
Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional: [email protected] y [email protected].
Los correos electrónicos se entenderán recibidos cuando provengan del funcionario designado por la entidad recaudadora para el envío de la información. Es responsabilidad de la entidad recaudadora confirmar si el correo electrónico fue entregado correctamente. En caso de presentarse fallas técnicas con el correo electrónico, la entidad recaudadora entregará personalmente a la DIAN (Coordinación Control a Entidades Recaudadoras) y a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional - DGCPTN (Grupo de Flujo de Caja), la información en medio magnético dentro del mismo horario.
3. CÓDIGOS ESTADÍSTICOS
Los siguientes son los códigos estadísticos vigentes:
CÓDIGOS ESTADÍSTICOS |
IMPUESTOS INTERNOS |
004 |
Impuesto de Renta (Impuesto, Intereses y Sanciones) Concepto 04, 41 y 42 de los recibos de pago Formulario 490, Sanciones Resolución Independiente Concepto 07 de los recibos de pago Formulario 490. |
005 |
Impuesto sobre las Ventas (Impuesto, Intereses y Sanciones) y los Conceptos 05, 57 y 58 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
006 |
Retención en la Fuente (Impuestos, Intereses y Sanciones) y los Conceptos 08, 61, 62 y 63 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
010 |
Impuesto para Preservar la Seguridad Democrática Decreto 1838/2002 (Impuesto, Intereses y Sanciones) y Concepto 10 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
020 |
Impuesto Global a la Gasolina y ACPM (Impuesto, Intereses y Sanciones) y Concepto 20 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
021 |
Impuesto Nacional al Consumo (Impuesto, Intereses y Sanciones) y los Conceptos 21 y 24 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
022 |
Ganancia Ocasional. |
054 |
Impuesto al Patrimonio (Impuesto, Intereses y Sanciones) y Concepto 54 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
055 |
Sanción Declaración Individual Precios de Transferencia y Concepto 55 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
056 |
Sanción Declaración Consolidada Precios de Transferencia y Concepto 56 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
057 |
Impuesto a la Riqueza y su complementario de Normalización Tributaria Ley 1739 de 2014 Concepto 25 Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
064 |
Retención Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE Conceptos 64, 65 y 66 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
065 |
Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE (Impuesto, Intereses y Sanciones) Concepto 23 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales. |
099 |
Gravamen a los Movimientos Financieros (Impuesto, Intereses y Sanciones) Concepto 99 del Formulario 490_Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales |
TRIBUTOS EXTERNOS
072 |
Aduanas (Arancel, IVA, (Otros, Intereses y Sanciones Cambiarias) y todos los conceptos de pago del recibo de pago Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias- Formulario 690). |
4. VIGENCIA Y DEROGATORIAS
El suministro de esta información, con las especificaciones anteriormente señaladas, inicia a partir de la publicación de la presente circular externa y deroga en todo su contenido la Circular Externa 000010 expedida el 30 de abril de 2014.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de junio de 2015.
El Director General UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
SANTIAGO ROJAS ARROYO.
La Directora General Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional,
ANA MILENA LÓPEZ ROCHA.
(C. F.).