Carta Circular 7

Tipo de norma
Número
7
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Proceso de convergencia a normas internacionales de información financiera (NIIF)

Carta Circular N° 007

21-05-2013

Superintendencia de la Economía Solidaria

 

 

PARA: REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y REVISORES FISCALES DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y MULTIACTIVAS O INTEGRALES CON SECCIÓN DE AHORRO Y CRÉDITO

 

DE: SUPERINTENDENTE

 

ASUNTO: Proceso de convergencia hacia el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del grupo 2.

 

FECHA: Bogotá D.C., mayo 21 de 2.013

 

 

Mediante la Carta Circular No 001 de 2013, la Superintendencia de la Economía Solidaria, hizo algunas recomendaciones para que las Cooperativas que ejercen actividad financiera se preparen de manera temprana y voluntaria realizando una adecuada planeación, que les permita realizar el proceso de convergencia a las Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante NIIF) para Pymes en forma ordenada.

 

Para tal efecto, se solicitó el envío del plan de trabajo o de acción para el año 2013 que incluya las actividades a desarrollar, las fechas programadas y el avance de cada uno, el cual debe remitirse a más tardar el 30 de junio de 2013.

 

Teniendo en cuenta que la etapa obligatoria de preparación será en el año 2014[1], esta Superintendencia se permite aclarar que el Plan de Trabajo o de Acción solicitado, no conlleva que la Cooperativa presente el proyecto definitivo para la implementación de las NIIF para Pymes. Lo que se pretende es que los Consejos de cada Cooperativa inicien la etapa previa, que le permita realizar actividades tales como:

 

  • Diseño de un plan Preliminar
  • Destinar recursos económicos para tal efecto
  • Organizar grupos de trabajo
  • Iniciar el plan de capacitación a todo nivel
  • Determinar los potenciales impactos
  • Iniciar el plan de depuración contable

 

Lo anterior con la finalidad de asegurar que en el 2014 se pueda realizar la etapa definitiva de preparación de manera adecuada.

 

De igual manera se advierte que la Superintendencia no ha certificado, ni certificará, ni avalará a consultor alguno, por lo que nadie está autorizado para brindar asesorías en este aspecto a nombre o con el aval de esta Superintendencia. En tal sentido, se solicita que el plan de trabajo requerido a través de la presente carta circular, sea realizado internamente por el personal de la cooperativa y que en el evento de requerir asesoría externa, se realicen las consultas que se estimen necesarias para establecer su idoneidad y experiencia profesional.

 

Cordialmente,

 

 

ENRIQUE VALENCIA MONTOYA

Superintendente