Plan de cuentas
Concepto Nº 070
17-02-2017
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Bogotá, D.C.
Señora
ADRIANA MARÍA PIÑEROS DÍAZ
Asunto: Consulta
Destino: Externo
Origen: 10
REFERENCIA: |
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Fecha de Radicado |
27 de Enero de 2017 |
Entidad de Origen |
Consejo Técnico de la Contaduría Pública |
Nº de Radicación CTCP |
2017- 070 –CONSULTA |
Tema |
Plan de cuentas |
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo de Normalización Técnica de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Único 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 y 2132 de 2016, en los cuales se faculta al CTCP para resolver las inquietudes que se formulen en desarrollo de la adecuada aplicación de los marcos técnicos normativos de las normas de información financiera y de aseguramiento de la información, y el numeral 3° del Artículo 33 de la Ley 43 de 1990, que señala como una de sus funciones el de servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión, procede a dar respuesta a una consulta en los siguientes términos.
CONSULTA (TEXTUAL)
“Quisiera saber si el PLAN UNICO DE CUENTAS que se está usando hoy en día, debe ser modificado de acuerdo con las NIIF y que parámetros deben tenerse en cuenta.”
CONSIDERACIONES Y RESPUESTA
Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.
En primer término, debemos aclarar que habiéndose emitido los decretos que ponen en vigencia los estándares de información financiera en Colombia, la contabilidad y los estados financieros deben prepararse con base en el marco técnico normativo (MTN) que le corresponda a la entidad, de acuerdo con lo señalado al respecto en el Decreto Único 2420 de 2015 y sus modificaciones.
Ahora bien, con respecto al plan de cuentas a utilizar bajo los nuevos marcos técnicos normativos, este Consejo se pronunció en el concepto 2013-320 emitido el 25 de Noviembre de 2013, el cual podrá ubicar en la dirección http://www.ctcp.gov.co/ en el link conceptos. También le recomendamos revisar la orientación técnica No. 1, que puede consultar en el link publicaciones.
En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.
Cordialmente,
WILMAR FRANCO FRANCO
Presidente CTCP