Tema: Régimen Simple de Tributación – SIMPLE
Descriptor: Sujetos Pasivos.. Tarifa.. Declaración y pago.
CONCEPTO Nº 0479 [004773]
07-03-2024
DIAN
100202208-0479
Bogotá, D.C.
Señores
CONTRIBUYENTES
Ref.: Aclaración cuarta adición al Concepto General sobre el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022
Tema: |
Régimen Simple de Tributación – SIMPLE |
Descriptores: |
Sujetos Pasivos. Tarifa. Declaración y pago. |
Fuentes formales: |
Artículos 905, 908, 910 del Estatuto Tributario |
Cordial saludo.
Este Despacho es competente para fijar criterios para determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretación, entre otras, de normas tributarias en lo de competencia de la DIAN1. Esta facultad debe observar el carácter prevalente que tiene la Constitución Política.
Mediante el presente pronunciamiento, esta Dirección requiere precisar del Concepto 004637 – interno 154 del 5 de marzo de 2024 con el que se realiza la cuarta adición al concepto General de la referencia (Concepto 000977 – interno 131 de enero 30 de 2023) en lo correspondiente al título CONSIDERACIÓN PREVIA. Esto para que su primer párrafo tenga el siguiente tenor:
«De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Constitución Política, esta es norma de normas y en caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley, prevalece la primera. Ahora bien, este control se puede ejercer de forma difusa o concentrada. La primera modalidad es lo que se conoce como la excepción de inconstitucionalidad y no requiere de un pronunciamiento judicial.»
En los anteriores términos se aclara el Concepto 004637 – interno 154 del 5 de marzo de 2024 y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.
Atentamente,
GUSTAVO ALFREDO PERALTA FIGUEREDO
Director de Gestión Jurídica
U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN