Tema: Procedimiento
Descriptor: Sistema de factura electrónica. Vigencia anexos técnicos
CONCEPTO DIAN 135 DEL 1 DE MARZO DE 2024
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Bogotá, D.C.,
Tema: Sistema de factura electrónica
Descriptores: Vigencia anexos técnicos
Fuentes formales: Artículo 616-1 del Estatuto Tributario
Artículo 62 de la Resolución 000165 de 2023
Artículo 2 de la Resolución 00008 de 2024
Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019.
Plantea una inquietud relacionada con la fecha de adopción de la versión 1.9 del Anexo Técnico de factura electrónica. Al respecto, considera este Despacho:
En primer lugar, es importante precisar que todos los aspectos relacionados con la factura electrónica de venta se encuentran regulados en el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, el Capítulo 4 del Título I de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y las Resoluciones DIAN 000042 de 2020, 000165 de 2023 y 000008 de 2024.
Tratándose de la versión 1.9. del Anexo Técnico de Factura Electrónica, el artículo 62 de la Resolución DIAN 000165 de 2023, establece que su adopción debe realizarse en un plazo de 3 meses a partir de la publicación de dicho documento, y a su vez faculta a la DIAN para que pueda establecer un plazo diferente.
En este sentido, la DIAN mediante la Resolución 000008 del 31 de enero de 2024 modifico el plazo establecido en el artículo 62 de la Resolución 000165 de 2023, y en su lugar señaló que este anexo técnico se debe adoptar el 1 de mayo de 2024, término que sigue vigente y que no ha sido objeto de modificación por parte de la DIAN.
Ahora bien, el hecho de que en la página web de la entidad se encuentre publicado la versión 1.9. del Anexo Técnico de Factura electrónica, no significa que se haya modificado el plazo contemplado en el inciso 1 del parágrafo 1 del artículo 62 de la Resolución 000165 de 2023, para su adopción.
Así las cosas, mientras se cumple el plazo para la adopción de la versión 1.9. del Anexo Técnico de Factura Electrónica, se debe dar aplicación a la versión 1.8 de dicho anexo, el cual de igual manera se encuentra publicado en la página web de la DIAN.
En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.
Atentamente,
INGRID CASTAÑEDA CEPEDA
Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)
Dirección de Gestión Jurídica
UAE-Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Car. 8 N° 6C-38 Piso 4, Edificio San Agustín
Tel: 6079999 Ext: 904101
Bogotá, D.C.