Tema: IVA. Retención
Descriptor: Aplicación a productos químicos básicos para fabricar plásticos.
OFICIO Nº 017846
11-07-2018
DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Bogotá, D.C.
100208221- 001164
Señora
SILVIA CONSTANZA BEDOYA CARDONA
Calle 45 A Sur No 39 B – 190 Torre 6 Apartamento 712 Barrio el Oasis
Envigado, Antioquia
Ref: Radicado 100032858 del 12/06/2018
Cordial saludo Sra. Silvia Constanza:
En la consulta del radicado de la referencia usted solicita interpretación del Decreto 640 de 2018, al respecto cabe señalar que este despacho ya se pronunció mediante el Oficio 015234 del 13-06-2018, sobre el tema y el cual se adjunta a la presente respuesta.
Del citado oficio se extrae la parte pertinente que señala:
“Por tanto en el tema de la presente consulta, cuando no intervenga en la transacción una de las empresas denominadas como agente retenedoras del 100% del IVA (empresas de fabricación de sustancias y productos químicos básicos, de fabricación de plásticos de formas primarias, de fabricación de fibras sintéticas y artificiales, de fabricación de formas básicas de plástico y de fabricación de artículos de plástico N.C.P., las empresas cuya actividad económica principal se encuentre registrada en el Registro Único Tributario – RUT, bajo los códigos 20,11,20,13,20,30,22.21 y 22,29, (sic) respectivamente, de la Resolución 139 de 2012 expedida por la U.A.E.-DIAN), así se trate de un bien de la partida arancelaria 39.15, también se genera el impuesto a las Ventas conforme el tratamiento general consagrado en el Estatuto Tributario y se practicará la retención del IVA en los términos generales regulados en el mismo estatuto.”
En los anteriores términos se resuelve su consulta y de manera cordial le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, http://www.dian.gov.cola base conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”- dando click en el link “Doctrina” – “Dirección de Gestión Jurídica.
Atentamente,
PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina