Oficio 1204 (905418)

Tipo de norma
Número
1204 (905418)
Fecha
Título

Tema: Procedimiento

Subtítulo

Descriptor: Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente

OFICIO Nº 1204 [905418]

30-09-2020

DIAN

 

 

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221-1204

Bogotá, D.C.

 

 

Tema

 

 

Factura Electrónica de Venta

Descriptores

 

 

Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente

Fuentes formales

 

 

Artículo 55 de la Resolución 000042 de 2020

 

 

Cordial saludo,

 

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

 

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta: “¿Estamos las copropiedades horizontales obligadas a solicitar resolución de numeración para documento soporte en compra de bienes y servicios a no obligados a facturar? Dado que intente realizar el proceso como Copropiedad y no fue posible encontrar la opción en el portal de la DIAN”.

 

Respecto al asunto en consulta, este Despacho señaló a través del Oficio No. 904202 del 25 de agosto de 2020, que:

 

“(…) el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, es el establecido en el artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016 y el artículo 55 de la Resolución 000042 de 2020, el cual, tiene como finalidad servir de documento soporte que pruebe la respectiva transacción que da lugar a costos, deducciones, o impuestos descontables, de conformidad con el artículo 771-2 del Estatuto Tributario.

 

(…)

 

En consecuencia, el responsable debe determinar de acuerdo al alcance de sus operaciones y responsabilidades en materia tributaria, la procedencia o no de la expedición del mencionado documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a facturar.

 

Téngase en cuenta que el documento soporte deberá contener la numeración consecutiva, rango y vigencia de la autorización como indica el numeral 5 del artículo 1.6.1.4.12 del Decreto 1625 de 2016, y el numeral 5 del artículo 55 de la Resolución 000042 de 5 de mayo de 2020.” (Resaltado fuera de texto).

 

Finalmente, respecto a su inquietud sobre la imposibilidad técnica de realizar como propiedad horizontal el proceso de solicitud de numeración de documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente en el portal de la Entidad, este asunto se remite por competencia al Proyecto de Factura Electrónica de la Dirección de Gestión de Ingresos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN para el trámite pertinente.

 

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el ícono de “Normatividad”–“Doctrina”–, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

 

Atentamente,

 

 

PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina

Dirección de Gestión Jurídica

UAE-DIAN