Tema: Procedimiento
Descriptor: Certificado sobre situación tributaria
OFICIO 805(904835)
17-06-2022
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Bogotá, D.C.
Tema: Procedimiento tributario
Descriptores: Certificado sobre situación tributaria
Fuentes formales: Resolución DIAN No. 000026 de 2019
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia el peticionario solicita se indique cuál es el documento idóneo que permite la certificación de los impuestos retenidos en el país.
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
El Certificado sobre Situación Tributaria es el documento por medio del cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN certifica la naturaleza y cuantía de las rentas e impuestos pagados o retenidos en el país, por un período gravable determinado.
Este documento podrá ser solicitado por todas las personas naturales o jurídicas que: (i) sean contribuyentes de los impuestos sobre la renta y complementarios, al patrimonio, a la riqueza y demás impuestos afines reconocidos por los Convenios de Doble Imposición, o (ii) hayan sido sujetos de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta; o (iii) que por circunstancias especiales estén obligados a presentar la declaración privada del mismo impuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 del Estatuto Tributario, y que deban acreditar ante administraciones tributarias de otros países la naturaleza y cuantía de los impuestos pagados o retenidos en el país.
Dicho certificado se expide por periodos gravables anuales, hasta por los últimos 5 años gravables anteriores contados a partir del año de presentación de la solicitud.
Ahora bien, en el caso de las solicitudes de Certificación de Situación Tributaria de personas jurídicas extranjeras, la Resolución DIAN No. 000026 del 11 de abril de 2019 en su artículo 3° establece que deberán solicitarse con el cumplimiento de los siguientes requisitos:
“2.4. Persona Jurídica Extranjera:
- Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal de la empresa.
- En caso de que el solicitante actúe a través de un tercero, se requerirá de poder para adelantar el trámite, el cual deberá ser aportado con la copia de la Cédula de Ciudadanía de la persona apoderada para realizar el trámite. Se deberá adjuntar la respectiva apostilla en caso de que el poder sea otorgado en el exterior.
- Para reclamar el certificado en nombre del solicitante se requerirá de poder o autorización simple que así lo acredite.
- Original del documento equivalente al certificado de existencia y representación legal de la empresa.
- La totalidad de los certificados que le hayan sido expedidos en los que conste las retenciones en la fuente que le fueron practicadas en el país durante el año para el cual solicita la respectiva Certificación sobre Situación Tributaria”.
De acuerdo con lo anterior, la persona jurídica del exterior, con la totalidad de los requisitos exigidos en la Resolución DIAN No. 000026 del 11 de abril de 2019, podrá solicitar a través de los medios informáticos de la DIAN su Certificado de Situación Tributaria. En todo caso, para obtener más información sobre el procedimiento correspondiente, sugerimos visitar el siguiente link en la página web de la entidad:
https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/Paginas/Certificados-de-Residencia-Fiscal-y-Situacion-Tributaria.aspx
En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” - “Doctrina”, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
NICOLÁS BERNAL ABELLA
Subdirector de Normativa y Doctrina (E)
Dirección de Gestión Jurídica
UAE-Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales