Modifica base gravable de automóviles, camperos y camionetas de Servicio Público y Particular, y de las motocicletas para el año fiscal 2010. -Ministerio de Transporte-
Por la cual se hacen unas modificaciones a la Resolución No. 005960 del 30 de noviembre de 2009.
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Ministerio de Transporte
Resolución 000158
25-01-2010
“Por la cual se hacen unas modificaciones a la Resolución No. 005960 del 30 de noviembre de 2009“
El Ministro de Transporte
En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 488 de 1998 y el Decreto 2053 de 2003 y,
Considerando:
Que el Ministerio de Transporte a través de la Resolución No 005960 del 30 de noviembre de 2009, determino la base gravable de los automóviles camperos y camionetas de servicio público y particular y de las motocicletas, para el año fiscal 2010.
Que en revisión realizada a la TABLA No. 1, “BASE GRAVABLE DE LOS VEHÍCULOS (Automóviles, Camperos, y Camionetas) PARA EL AÑO FISCAL 2010 (CIFRAS EN MILES DE PESOS)”, anexa a la Resolución No. 005960 del 30 de noviembre de 2009, se detecto que por error involuntario algunas marcas y líneas presentaron inconsistencias en el valor de la base gravable necesaria para el pago del impuesto respectivo.
Que en revisión realizada a la TABLA No. 2, “BASE GRAVABLE DE LOS VEHÍCULOS CLASE CAMIONETA DOBLECABINA PARA EL AÑO FISCAL 2010 (CIFRAS EN MILES DE PESOS)”, anexa a la Resolución No. 005960 del 30 de noviembre de 2009, se detecto que por error involuntario no se imprimió la columna (3) correspondiente a la cilindrada Cm3, necesaria para establecer la base gravable de los vehículos.
En mérito de lo expuesto, este despacho
Resuelve:
Artículo Primero.- Modificar la resolución No. 005960 del 30 de noviembre de 2009, en el sentido de corregir la base gravable en la TABLA No. 1 “BASE GRAVABLE DE LOS VEHÍCULOS (Automóviles, Camperos, y Camionetas) PARA EL AÑO FISCAL 2010 (CIFRAS EN MILES DE PESOS)” las marcas y líneas anexas a esta Resolución.
Artículo Segundo.- Adicionar a la TABLA No. 2, “BASE GRAVABLE DE LOS VEHÍCULOS CLASE CAMIONETA DOBLECABINA PARA EL AÑO FISCAL 2010 (CIFRAS EN MILES DE PESOS)” contenida en la Resolución No. 005960 del 30 de noviembre de 2009, la columna No. 3 cilindrada Cm3, adjunta a la presente resolución.
Artículo Tercero.- Los demás términos de la Resolución No. 005960 de noviembre 30 de 2009, continúan vigentes.
Publíquese y Cúmplase
Dada en Bogotá, D.C., a 25-01-2010.
ANDRÉS URIEL GALLEGO HENAO