Tipo de norma
Número
35
Entidad emisora
Fecha
Fecha del diario oficial
Título
Valores de la Tarjeta Profesional y antecedentes disciplinarios de personas naturales y juridicas para el año 2011.
Subtítulo
Por la cual se fijan los valores de la tarjeta profesional de contadores públicos, de la tarjeta de registro de personas jurídicas, y de los certificados de vigencia de inscripción de antecedentes disciplinarios de personas naturales y de personas jurídicas, para el año 2011.
REPUBLICA DE COLOMBIA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
RESOLUCIÓN NÚMERO 035
( 28 DE ENERO DE 2011)
Por la cual se fijan los valores de la tarjeta profesional de contadores públicos, de la tarjeta de registro de personas jurídicas, y de los certificados de vigencia de inscripción de antecedentes disciplinarios de personas naturales y de personas jurídicas, para el año 2011.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL - JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
En ejercicio de sus facultades, y
CONSIDERANDO
Que el ordinal 3º del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, faculta a la Junta Central de Contadores, para expedir, a costa del interesado, la tarjeta profesional, su reglamentación y las certificaciones que corresponden al ámbito de sus competencias institucionales.
Que el Artículo 3º del Decreto 1235 de 1991, establece el valor de la tarjeta profesional del Contador Público se reajustará anualmente en el porcentaje en el que se incremente el salario minimo mensual, aproximando las fracciones de 500 al múltiplo de mil más cercano, y que la Junta Central de Contadores, para el año 2011, lo fijó en la suma de DOSCIENTOS OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($208.000.00).
Que la Resolución No 042 del 13 de Mayo de 1999, determina que el valor de la inscripción y de expedición de la tarjeta de registro de las personas jurídicas prestadoras de servicios contables, será el equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales vigentes a la fecha de radicación de solicitud, valor que se aproximará al múltiplo de mil más cercano.
Que el Parágrafo del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, prescribe que el valor de los certificados será fijado por la Junta Central de contadores y en ausencia de norma especial, tal facultad se aplicara para efectos de definir el valor del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de los Contadores Públicos.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución No 042 de 1999, el certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de las personas jurídicas prestadoras de servicios contables, inscritas en la Junta Central de Contadores, tiene un costo equivalente a dos (2) salarios mínimos diarios legales vigentes a la fecha de la solicitud, aproximando al múltiplo de mil más cercano.
Que mediante Decreto 4834 del 30 de Diciembre de 2010 el Gobierno Nacional para la vigencia de 2011, incrementó el Salario Mínimo en un 3,4% y que posteriormente con Decreto 033 del 11 de Enero de 2011 se modificó el articulo 1 del Decreto 4834 del 30 de Diciembre de 2010 incrementándolo en un 4% y fijándolo en QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($535.600.00).
Que por lo anterior, la Entidad se abstuvo de efectuar el incremento de lo que trata esta Resolución a partir del 1 de Enero de 2011, hasta tanto no se fijara oficialmente el salario mínimo legal mensual vigente para el año de 2011
En mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Fijar en la suma de DOSCIENTOS OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($208.000.00) el valor de la tarjeta profesional del Contador Publico, para el año 2011, de conformidad con lo expresado en la parte motiva de este acto.
ARTICULO SEGUNDO: Fijar en DIECIOCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($18.000.00) el valor del certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contadores Públicos, para el año 2011.
ARTICULO TERCERO: Fijar en la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($2.678.000.00) el valor de la tarjeta de registro de personas jurídicas prestadoras de servicios contables.
ARTICULO CUARTO: Fijar para el año 2011, el valor de la expedición del certificado de la vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de personas jurídicas prestadoras de servicios contables en la suma de TREINTA Y CINCO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($35.000.00).
ARTICULO QUINTO: El valor de los duplicados de las tarjetas de Contador Público será de VEINTIUN MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($21.000.00) y de tarjetas de registro de personas jurídicas prestadoras de servicios contables, será de ($268.000.00) DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE el equivalente al 10% del costo de las tarjetas originales vigente en la fecha de radicación de la solicitud, aproximando a múltiplo de mil más cercano.
ARTICULO SEXTO: La presente resolución rige a partir del 01 de Febrero de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los Veintiocho (28) días del mes de Enero del año Dos Mil Once (2011).
ALBERTO GOMEZ BAQUERO
Director General