Resolución 000022

Tipo de norma
Número
000022
Fecha
Título

Se prescribe el formulario No. 210 para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias en el año 2021

Anexos
Adjunto Tamaño
ANEXO-FORMULARIO-210-RES-000022-2021.pdf1.18 MB 1.18 MB

RESOLUCIÓN Nº 000022

05-03-2021

DIAN

 

 

Por la cual se prescribe el formulario No. 210 para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias en el año 2021

 

 

LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN

 

En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008 y el artículo 578, 579-2 y 596 del Estatuto Tributario y,

 

CONSIDERANDO

 

Que en razón a las modificaciones realizadas por la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 en especial por el Título II, el Decreto Legislativo 722 del 3 de junio del 2020 y los decretos reglamentarios 1435 y 1457 de 2020, se requiere modificar la estructura y contenido del formulario en que los contribuyentes personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes, deben cumplir la obligación de declarar.

 

Que por lo expuesto anteriormente y de conformidad con lo establecido en el artículo 596 del Estatuto Tributario, se hace necesario prescribir el formulario No. 210 para el cumplimiento de la obligación de declarar por parte de las personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2020 y/o fracción de año gravable 2021.

 

Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN

 

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

 

 

Artículo 1. Prescribir el formulario No. 210 Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes”. Prescribir el formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes” para declarar, presentar y pagar el impuesto sobre la renta y complementario correspondiente al año gravable 2020 y/o fracción año gravable 2021, diseño que forma parte integral de la presente resolución.

 

Parágrafo 1. El formulario prescrito en este artículo es de uso obligatorio para las personas naturales y asimiladas con residencia fiscal en el país y para las sucesiones ilíquidas de causantes que en el momento de su muerte eran residentes fiscales en el país.

 

Parágrafo 2. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN pondrá a disposición el formulario No. 210 en forma virtual en la página web, www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación electrónica o para su diligenciamiento en el sistema y posterior presentación y pago ante las entidades autorizadas para recaudar.

 

Parágrafo 3. Cuando el contribuyente por expresa disposición legal haya sido definido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN entre los obligados a cumplir con el deber de declarar a través de los servicios informáticos, y los que hayan aceptado y firmado el acuerdo de firma electrónica (FE) deberán presentar la respectiva declaración utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Para tal efecto deberá darse cumplimiento al procedimiento señalado en la Resolución No. 000070 del 3 noviembre de 2016, modificada por las Resoluciones 000022 del 3 de abril de 2019 y 000080 del 28 julio de 2020.

 

Artículo 2. Publicación. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los

 

 

 

 

GABRIELA BARRIGA LESMES

Directora General (E)