Se prescribe el Formulario No. 430 “Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para el año gravable 2025 y siguientes.
Resolución 000003
21-01-2025
DIAN
Por la cual se prescribe el Formulario No. 430 “Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para el año gravable 2025 y siguientes.
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 578 y 579-2 del Estatuto Tributario, y los artículos 169 y 170 de la Ley 1607 de 2012 y el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020.
Considerando
Que se requiere prescribir el Formulario No. 430 para el cumplimiento de la obligación tributaria a cargo de los responsables que deben presentar la Declaración del impuesto nacional a la gasolina y ACPM para el año gravable 2025 y siguientes.
Que la mezcla del ACPM con biocombustible de origen vegetal o animal de producción nacional para uso en motores diésel, tiene tarifas del impuesto diferencial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley 1607 de 2012, el artículo 1.5.2.4.1. del Decreto 1625 de 2016 y la resolución que se expide cada año. Por lo tanto, se hace necesario implementar un anexo que permita identificar la cantidad de galones vendidos, retirados y el impuesto pagado de acuerdo con las tarifas diferenciales aplicables.
Que el formulario vigente tiene identificado únicamente a San Andrés y el tratamiento es para todo su departamento, se hace necesario ajustar su nombre así “Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”.
Que en cumplimiento de la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución se publicó en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
En mérito de lo expuesto,
Resuelve
Artículo 1, Prescripción del Formulario No. 430 “Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM. Prescribir el Formulario No. 430 “Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para la presentación de la declaración del impuesto nacional a la gasolina y ACPM por el año gravable 2025 y siguientes, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución.
Artículo 2. Presentación. Los contribuyentes obligados a presentar la declaración del impuesto nacional a la gasolina y ACPM deberán hacerlo a través de los servicios digitales, utilizando la Firma Electrónica - FE autorizada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, según la Resolución No. 000139 del 15 de septiembre de 2023.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN pondrá a disposición el Formulario No. 430 en forma virtual en la página web www.dian.gov.co, en el servicio de Usuarios Registrados para su diligenciamiento y presentación.
Artículo 3. Publicación. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y Cúmplase
Dada en Bogotá, D.C., a los 21 Ene 2025
JAIRO ORLANDO VILLABONA ROBAYO
Director General