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NUESTRA SELECCION DE FUTBOL
NUESTRA SELECCIÓN DE FUTBOL.
Amable lector, no tengo ni idea si a usted le gusta el futbol. Le cuento que a mi esposa, mi hijo y a Víctor, un buen amigo, ni les gusta ni muestran ningún interés por este hermoso deporte. Por fortuna para ellos, los domingos son tranquilos y cada lunes se sienten felices de comenzar una nueva jornada.
En cambio, los que soñamos con ver un buen partido de futbol, cada fin de semana es una nueva desilusión y el día lunes la moral está por el suelo. Debo hacer la excepción con los hinchas del poderoso DIM, que el padecimiento continuo los ha fortalecido. Son seres genéticamente predispuestos al sufrimiento, no importa que sean médicos, abogados, ingenieros o gente del común. Lo más admirable en ellos es que cada nueva derrota los hace más fuertes.
Viendo los dos últimos partidos contra Perú y Ecuador, sin tener los conocimientos de Carlos Antonio Vélez, Iván Mejía A y Hernán Peláez, me atrevo a afirmar que Colombia tiene buenos jugadores, pero no tiene equipo de futbol. Tampoco se puede culpar al técnico, sea nacional o extranjero, ni menos a sus jugadores.
La selección Colombia, es una muestra de lo que somos. La individualidad, el egoísmo y la indisciplina, igual que en el fútbol, es el común denominador que nos identifica. En palabras simples, el Congreso Nacional, el Ejecutivo y el poder Judicial, así como ministros, gobernadores y alcaldes, en lo colectivo, no son mejores que nuestra selección de fútbol. Y a nivel individual, es más fácil encontrar estrellas en el futbol, que en dichas entidades o personas.
e puede agregar, sin faltar a la verdad, que con frecuencia el capitán del equipo, llámese ministro, gobernador o alcalde, para no mencionar otros, es tan incompetente que el partido que dura cuatro años es un tiempo perdido. Y como ha sucedido más de una vez, el nuevo capitán resulta ser peor que el anterior. Es esa la razón, por la cual el progreso del país es tan lento y tedioso.
Me encontraba en un club social, estaba solo, como usualmente me sucede. Cerca había un grupo de personas, alcancé a escuchar algunas de ellas que me dio la impresión eran expertas en el tema de impuestos. Me sentí cautivado por la facilidad como se expresaban en una materia, la tributaria, que entiendo que es algo demasiado complejo y difícil. Lo que más me llamó la atención era la gracia y el donaire como comentaban de los goles que le metían a la Dian. Alguien que se dio cuenta de mi embeleso, se acercó y me dijo: no importa como salga la nueva reforma tributaria, los asesores y sus asesorados continuarán marcando goles a la Dian, pues el portero y sus defensas, son los que en el fútbol se llaman troncos.
En resumen, esta selección es una muestra mejorada de nuestra mediocridad. Sin ser profeta, es probable que algún día ganemos la copa mundial de fútbol. Pero en cambio, es una utopía pensar que las instituciones y personas que nos gobiernan, aprendan a gambetear, la ineficiencia, la corrupción y la injusticia. Nosotros somos así y nos gusta ser así.
PASOS HACIA LA BANCARIZACIÓN DE LA ECONOMÍA
PASOS HACIA LA BANCARIZACIÓN DE LA ECONOMÍA
Las retenciones practicadas y consignadas a través de las entidades financieras, que estableció el artículo 27 de la Ley 1430 de 2010 y reglamentada mediante Decreto 1159 de junio de 2012, será uno de los cambios mas fuertes en la dinámica que hasta hoy han tenido como control tributario dichos pagos anticipados de impuestos. Algunos asuntos relevantes son: Se cambia el principio de causación por el del pago, las exigencias tecnológicas serán muy fuertes habida cuenta que la información fluye diario entre los actores del proceso, exige el control en el pago a proveedores mediante cheques girados al primer beneficiario, entre otros.
Con este mecanismo el gobierno encontró una forma de adelantar lo estipulado en el artículo 26 de la Ley 1430 de 2010, norma que entraría en vigencia a partir del 2014 y que pretende condicionar la aceptación de costos, deducciones e impuestos descontables, mediante la obligación de canalizar las operaciones a través del sistema financiero.
Este nuevo proceso lo vemos como un monstruo de mil cabezas que demandará un cambio en la cultura impositiva en este país para quienes sean elegidos como agentes retenedores, debido a que deben realizar de forma exclusiva los pagos por conceptos sujetos a retención en la fuente, a través de cuentas de ahorro o corrientes en las entidades financieras, mediante el uso de tarjetas débito, cheques girados a primer beneficiario y/o transferencias directas. Esto sencillamente es bancarización de la totalidad de las operaciones de una entidad. Se acabaron los pagos en efectivo, los cruces de cuentas, causaciones ficticias sobre las cuales se “legalizaban” con retenciones que serán detectadas muy rápido al no aparecer en los reportes diarios, negocios anulados entre períodos fiscales, gimnasia con los sistemas de información y la contabilidad efectuando cambios de nombres, NITs, entre otras malas prácticas.
Aunque una vez elegidas mediante resolución por la DIAN, las empresas tendrán 6 meses para organizar las tecnologías apropiadas para un adecuado control, vemos que los protocolos diseñados deberán ser los mas estrictos posibles, por cuanto tendrán que responder por las sumas dejadas de retener o retenidas por inferior valor al que corresponde. Adicional, informar a la entidad financiera para cada transacción de pago, en forma expresa y completa los datos necesarios para practicar la retención.
Para asegurar la trazabilidad de las transacciones de una entidad, se deberá suministrar a la entidad financiera la identificación de las cuentas corrientes y/o de ahorros, a través de las cuales se canalizarán los pagos de conceptos sujetos a retención en la fuente. Esta información es prerrequisito para efectuar tales pagos. En todo caso, será responsabilidad del agente de retención, realizar de forma exclusiva a través de las cuentas identificadas, los pagos por conceptos sujetos a retención. En los contratos de mandato, los mandatarios deberán disponer de una cuenta por cada mandante. Pobres los constructores cuando desarrollen en forma simultánea varios contratos de administración delegada.
Dado que el agente retenedor deberá asegurar que existan los fondos suficientes para cubrir el valor con destino al beneficiario y el valor de las retenciones a que haya lugar, las financiaciones y sobregiros será un tema convenido con anterioridad, debido a que si el banco no dispone del efectivo necesario sencillamente no hará la transacción de pago. Lo único válido es que efectuado el pago, así sea con sobregiro, el banco deberá debitar de la cuenta corriente las retenciones y consignarlas al gobierno de manera inmediata.
Habrá una situación compleja con retenciones de impuestos locales como el ICA. Los casos de otros descuentos no han sido previstos en la información a suministrar y habrá necesidad de aclarar el punto en un reglamento posterior. Por ahora las únicas retenciones procedentes en el pago de un proveedor serán las de los tributos renta e IVA. A su vez, los famosos anticipos ahora se deben analizar si realmente son varias transacciones de pago, toda vez que en cada una habrá retenciones por la parte proporcional.
Para el proveedor habrá dificultades cuando el agente de retención no haya informado a la entidad financiera el concepto, la tarifa y/o la base de cálculo. Tanto para renta como para IVA la retención será del 10%. Una recomendación práctica es que al emitir una factura el beneficiario del pago, identifique plenamente de acuerdo a lo exigido por esta norma, las bases, tarifas y demás elementos para determinar la correcta aplicación de las retenciones.
Cordialmente,
GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Socio Impuestos Baker Tilly Colombia
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 13 de junio de 2012